REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. SAN ANTONIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de San Antonio del Táchira
San Antonio del Tachira, 23 de Marzo de 2012
201º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2012-000542
ASUNTO : SP11-P-2012-000542
AUTO MOTIVADO DE PRORROGA
Vista la solicitud de prorroga hecha por la abg. KARINA DEL VALLE GAMBOA FLOREZ, en representación de la Fiscalía Auxiliar Vigésimo Quinta del Ministerio Publico, en razón de lo establecido en el articulo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual establece que el Ministerio Publico en caso de requerir un lapso adicional al de treinta días para presentar el acto conclusivo solicitara de manera fundada una prorroga, la cual será resuelta por el Juez dentro de los tres días siguientes. En razón de ello la Fiscalía 25 del Ministerio Publico ha solicitado el lapso de quince días, de conformidad con lo previsto en los artículos 250 del Código Orgánico Procesal Penal, con ocasión a la causa penal llevada en contra de los ciudadanos 1.- JONATHAN JOSE MENDOZA BASTIDAS, de nacionalidad Venezolano, natural de Barquisimeto Estado Lara, titular de la cédula de Identidad N° V.-16.404.239, nacido en fecha 08 de octubre de 1984, de 27 años de edad, soltero, hijo de Felipe de Jesús Mendoza (v) y de Auber de Mendoza (v), de profesión u oficio comerciante; residenciado en la avenida Libertador, principio de la Ribereña, N° 132, Cabudare, Estado Lara, teléfono 0426-5572050; 2.- ALBIN FRANCISCO LOPEZ MARTINEZ, de nacionalidad venezolana, natural de Barquisimeto Estado Lara, titular de la cédula de identidad V.- 17.308.451, nacido en fecha 25 de enero de 1985, de 27 años de edad, soltero, hijo de José Francisco López (v) y de Lorenza del Carmen de López (v), de profesión u oficio comerciante; residenciado en la Urbanización Baradila II, Edificio 3 bloque 4 apartamento 03, Barquisimeto Estado Lara, teléfono 0414-9515024; 3.- VICTOR ANTONIO RODRIGUEZ CORREA, de nacionalidad venezolana, natural de Villa del Rosario; República de Colombia, titular de la cédula de identidad V.-11.016.553, nacido en fecha 27 de Octubre de 1959, de 54 años de edad, soltero, hijo de Luis Alfonso Rodriguez (f) y de Purificación Correa (v), de profesión u oficio conductor; residenciado en el barrio palotal, invasión, casa sin número, detrás del aeropuerto casa sin número, San Antonio Estado Táchira teléfono 0424-7385178; 4.- LUIS CARLOS VILLAFAÑE; de nacionalidad Colombiano, natural de Cali República de Colombia, titular de la cédula de Ciudadanía C.C.- 80.342.222, nacido en fecha 13 de Mayo de 1938, de 74 años de edad, soltero, hijo de José Francisco López (v) y de Lorenza del Carmen de López (v), de profesión u oficio comerciante; residenciado en la Urbanización Baradila II, Edificio 3 bloque 4 apartamento 03, Barquisimeto Estado Lara, teléfono 0414-9515024; en la presunta comisión del delito de CONTRABANDO DE EXTRACCION, previsto y sancionado en el artículo 7 de la Ley Sobre el Delito de Contrabando, en perjuicio del Estado Venezolano.
En tal sentido se revisa el petitorio hecho por el Ministerio Publico en el cual solicita un lapso de quince días en razón de que aún este despacho fiscal, se hizo necesario la practica de diligencias entre las cuales destaca entrevistas , reconocimiento legal a los bienes inmuebles quefueran incautados en autos, inspección tecnica del sitio del suceso, experticias de reactivación de seriales del vehiculo, experticia de autenticidad y falsedad practicada al dinero, reconocimiento tecnico, registro y vaciado de información de los telefonos celulares incautados para la esclarecer los hechos, así mismo verificado que dicha solicitud fue realizada ante el Tribunal dentro del lapso de cinco días antes del vencimiento de treinta días para presentar el acto conclusivo, en tal sentido a los fines de culminar con la fase preparatoria, este Tribunal acuerda el lapso de quince (15) días continuos, contados a partir del día de 01-04-2012, de conformidad con lo establecido en el cuarto y quinto aparte del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal; y así se decide.
DISPOSITIVA
ESTE TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EXTENSION SAN ANTONIO DEL TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY:
UNICO: ADMITE LA SOLICITUD DE PRORROGA para presentar el acto conclusivo contra de los ciudadanos 1.- JONATHAN JOSE MENDOZA BASTIDAS, de nacionalidad Venezolano, natural de Barquisimeto Estado Lara, titular de la cédula de Identidad N° V.-16.404.239, nacido en fecha 08 de octubre de 1984, de 27 años de edad, soltero, hijo de Felipe de Jesús Mendoza (v) y de Auber de Mendoza (v), de profesión u oficio comerciante; residenciado en la avenida Libertador, principio de la Ribereña, N° 132, Cabudare, Estado Lara, teléfono 0426-5572050; 2.- ALBIN FRANCISCO LOPEZ MARTINEZ, de nacionalidad venezolana, natural de Barquisimeto Estado Lara, titular de la cédula de identidad V.- 17.308.451, nacido en fecha 25 de enero de 1985, de 27 años de edad, soltero, hijo de José Francisco López (v) y de Lorenza del Carmen de López (v), de profesión u oficio comerciante; residenciado en la Urbanización Baradila II, Edificio 3 bloque 4 apartamento 03, Barquisimeto Estado Lara, teléfono 0414-9515024; 3.- VICTOR ANTONIO RODRIGUEZ CORREA, de nacionalidad venezolana, natural de Villa del Rosario; República de Colombia, titular de la cédula de identidad V.-11.016.553, nacido en fecha 27 de Octubre de 1959, de 54 años de edad, soltero, hijo de Luis Alfonso Rodriguez (f) y de Purificación Correa (v), de profesión u oficio conductor; residenciado en el barrio palotal, invasión, casa sin número, detrás del aeropuerto casa sin número, San Antonio Estado Táchira teléfono 0424-7385178; 4.- LUIS CARLOS VILLAFAÑE; de nacionalidad Colombiano, natural de Cali República de Colombia, titular de la cédula de Ciudadanía C.C.- 80.342.222, nacido en fecha 13 de Mayo de 1938, de 74 años de edad, soltero, hijo de José Francisco López (v) y de Lorenza del Carmen de López (v), de profesión u oficio comerciante; residenciado en la Urbanización Baradila II, Edificio 3 bloque 4 apartamento 03, Barquisimeto Estado Lara, teléfono 0414-9515024; en la presunta comisión del delito de CONTRABANDO DE EXTRACCION, previsto y sancionado en el artículo 7 de la Ley Sobre el Delito de Contrabando, en perjuicio del Estado Venezolano, por el lapso de QUINCE (15) DÍAS CONTINUOS, contados a partir del día 01-04-2012.
Es todo terminó, se leyó y conformes firman, notifíquese las partes de la presente resolución.
EL JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
ABG. RICHARD ENRIQUE HURTADO CONCHA
LA SECRETARIA
ABG.