REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira
San Cristóbal, doce de marzo de dos mil doce
201º y 153º
ASUNTO: SP01-L-2011-000020
INDICACIÓN DE LAS PARTES:
PARTE ACTORA: VÍCTOR MANUEL RAMÍREZ, ANTONIO MARÍA CAICEDO RAGUA y DARWIN YOMAR SERRANO, venezolanos, mayores de edad, con cédulas de identidad Nros. V-3.792.690, V-11.111.136 y V-14.985.406, respectivamente.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: ELIANA DEL MAR VELASQUEZ, inscrita en el IPSA bajo el N° 67.369
PARTE DEMANDADA: Asociación Cooperativa LOS TRIUNFADORES DE LA LAGUNA
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: Sin constituir
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS DERECHOS LABORALES
Por cuanto el Tribunal observa que la última actuación realizada para impulsar el proceso en la presente causa se realizó en fecha 04 de febrero de 2011, diligencia en la cual solicitó nueva notificación de la parte demandada en la dirección suministrada, este Tribunal con vista a lo expuesto en el artículo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con lo previsto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, que establece:
Artículo 201. Toda instancia se extingue de pleno derecho por el transcurso de un (1) año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. Igualmente, en todas aquellas causas en donde haya transcurrido más de un (1) año después de vista la causa, sin que hubiere actividad alguna por las partes o el juez, éste último deberá declarar la perención.
Artículo 267. Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes.
Ahora bien, como quiera que de autos se desprende que en el presente juicio, desde el día 04 de febrero de 2011, la parte demandante no ha dado impulso procesal al mismo, por lo cual y hasta la presente fecha ha transcurrido el lapso establecido en los artículos antes señalados, este Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara de oficio la PERENCION de la instancia y extinguido el proceso en el juicio que por Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Derechos Laborales siguen los ciudadanos VÍCTOR MANUEL RAMÍREZ, ANTONIO MARÍA CAICEDO RAGUA y DARWIN YOMAR SERRANO, venezolanos, mayores de edad, con cédulas de identidad Nros. V-3.792.690, V-11.111.136 y V-14.985.406, respectivamente contra la Asociación Cooperativa LOS TRIUNFADORES DE LA LAGUNA.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en la Ciudad de San Cristóbal, a los doce (12) días del mes de marzo del año dos mil doce (2012).
La Juez
Abg. Ana Mercedes Mora Rivas La Secretaría
En la misma fecha se publicó y registró la anterior decisión, dejándose copia certificada de la misma para el archivo de este Tribunal.
Exp. SP01-L-2011-000020
AMMR/skav
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