REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO EXTENSIÓN VALLES DE TUY

Artículos 26 y 254 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. QUINTO: De conformidad con lo dispuesto en el primer aparte del artículo 367 de la norma adjetiva penal, se establece como fecha provisional de finalización de la condena para el ciudadano JOSE LUIS BORREGO NIEVES, el día 24-02-2019, y para cada uno de los ciudadanos JONATHAN ALEXANDER BORREGO NIEVES, ARGENIS JOSE RODRIGUEZ, CARMEN LUISA NIEVES, JERICA ADELINE BORREGO NIEVES y CAROLINA MARGARITA GONZALEZ ACOSTA, el día 24-02-2014. SEXTO: Se ratifica la medida de privación judicial preventiva de libertad para los ciudadanos JOSE LUIS BORREGO NIEVES, JONATHAN ALEXANDER BORREGO NIEVES, ARGENIS JOSE RODRIGUEZ, CARMEN LUISA NIEVES, JERICA ADELINE BORREGO NIEVES y CAROLINA MARGARITA GONZALEZ ACOSTA.

Regístrese, publíquese y déjese copia certificada de la presente sentencia. Así mismo, se deja constancia que las partes quedaron debidamente notificadas al finalizar la audiencia realizada al efecto, conforme lo disponen los artículos 175 y 365 ambos del Código Orgánico Procesal Penal.-
EL JUEZ PRIMERO DE JUICIO,

BERNARDO ODIERNO HERRERA LA SECRETARIA,

MARLENE CABRILES
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en la sentencia que antecede. LA SECRETARIA,

MARLENE CABRILES