REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, Diez (10) de Mayo de dos mil doce (2012).

202º y 153º

Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, así como la Resolución N° 2009-0006 emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de Marzo de 2009, y publicada en Gaceta Oficial N° 39.152 el día 02 de Abril de 2009, declara dichas actuaciones TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana NANCY COROMOTO GONZÁLEZ CASTELLANOS; venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-4.235.873, en su condición de Copropietaria y de la Sucesión MACHALSKI RONDÓN ADÁN FELICIANO constituida por los ciudadanos NANCY COROMOTO GONZÁLEZ CASTELLANOS, LESMER ALEXANDER MACHALSKI GONZÁLEZ y YORLENYS DANIELA MACHALSKI GONZÁLEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-4.235.873, V-15. 761.092 y 15.761.091, respectivamente, sobre la bienhechuría cuyos linderos, medidas y demás determinaciones constan suficientemente en la solicitud que encabeza las presentes actuaciones ubicado en la Urbanización “Asocsuveas”, parcela 53C-67P, vía Lagunetica de la ciudad de Los Teques, Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda, se ordena la devolución de la misma constante de cinco (05) folios útiles, previa constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal, y copia certificada que de las presentes actuaciones se ordena agregar a los archivos de este Tribunal.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,

Dra. TERESA HERRERA ALMEIDA.
EL SECRETARIO ACC,

CARLOS HERRERA.







THA/CAE/Máximo.
Solicitud N° 2012-1308