REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN LOS TEQUES.
Los Teques, 14 de mayo de 2012
202º y 153°
Vista la anterior solicitud de declaración de Únicos y Universales Herederos solicitada por los ciudadanos LAURA BEATRIZ PANTOJA DE AURRECOECHEA, CECILIA TERESA PANTOJA CIPRIANI, CARLOS VICENTE PANTOJA CIPRIANI, LOURDES CRISTINA PANTOJA DE ROJAS y JESÚS ENRIQUE PANTOJA CIPRIANI, mayores de edad, venezolanos, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-3.848.898, V-3.848.900, V-4.232.707, V-5.278.040 y V-7.223.796, respectivamente, y los recaudos que la acompañan, recibida en este Juzgado mediante el sistema de distribución en fecha 23 de abril de 2012, désele entrada y anótese en los libros correspondientes bajo el N° 2012-1333, este Tribunal encuentra que del contenido de la solicitud se desprende lo siguiente: “(…) A fin de que se sirva declararlos Únicos y Universales Herederos de los bienes dejados por TERESITA CIPRIANI DE PANTOJA, antes identificada y conceda el titulo suficiente…”: 1) De la revisión de los recaudos consignados en autos por los solicitantes, especialmente de la partida de defunción y de nacimientos, se desprende que la De Cujus TERESITA CIPRIANI DE PANTOJA, era casada con el ciudadano JOSE VICENTE PANTOJA TORREALBA (difunto) y que deja seis (6) hijos: PEDRO JOSE PANTOJA CIPRIANI (Difunto), JESUS ENRIQUE PANTOJA CIPRIANI, CECILIA TERESA PANTOJA CIPRIANI, LAURA BEATRIZ PANTOJA DE AURRECOCHEA, CARLOS VICENTE PANTOJA CIPRIANI y LOURDES CRISTINA PANTOJA DE ROJAS. 2) De la revisión de las actas de nacimientos de los solicitantes, se desprende que LAURA BEATRIZ y CECILIA TERESA, fueron presentadas por el ciudadano JOSÉ VICENTE PANTOJA TORREALBA, manifestando ser hijas del presentante y de su esposa TERESA CIPRIANI. 3) De la revisión de las partidas de nacimientos de CARLOS VICENTE, LOURDES CRISTINA y JESÚS ENRIQUE, se desprende que fueron presentados JOSE VICENTE PANTOJA TORREALBA, manifestando ser hijos del presentante y de su esposa TERESITA CIPRIANI, este Tribunal encuentra que existe incongruencia entre lo solicitado en el escrito de solicitud y los recaudos acompañados al mismo, en virtud de que la De Cujus, la identifican como TERESITA CIPRIANI DE PANTOJA, tal como lo señalan en el acta de defunción, y a su vez, al momento de presentar a los hijos ante el registro civil, la identifican como TERESA CIPRIANI. Por lo anteriormente expuesto, es por lo que la presente solicitud resulta INADMISIBLE en los términos planteados, y así se declara.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
Abg. TERESA HERRERA ALMEIDA
La Secretaria,
Abg. LESBIA MONCADA DE PICCA.
THA/LMdeP/cae
Expte N° 2012-1333