REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO




REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

Los Teques, 31 de mayo de 2012
202° y 153°

Vista la diligencia que antecede, recibida ante este Tribunal en fecha 25 de mayo de 2012, presentada por la co-solicitante ciudadana XIOMARA RUFINA AGRINZONES de LEDEZMA, titular de la cédula de identidad N° V-11.039.757, asistida por la abogada CARMEN ROSARIO MARQUEZ DIAZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 35.640, con el fin de solicitar la ejecución de la sentencia, este Juzgado encuentra que sobre la sentencia dictada en fecha 16 de mayo de 2012, no recae ejecución, en virtud de que la misma se dictó con el fin de declarar terminada la solicitud, en consecuencia se niega su solicitud por improcedente, y así se decide.

LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,


Abg. TERESA HERRERA ALMEIDA.

LA SECRETARIA,

Abg. LESBIA MONCADA de PICCA.

THA/LMdeP/Deivyd
Expediente N° 129105