REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA


San Antonio de Los Altos, 23 de mayo de 2012
202° y 153°

Visto como ha sido el presente escrito de Solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentado por los ciudadanos TATIANA KODINSKY de GUILLÉN, TOMÁS RAMÓN GUILLÉN KODINSKY, TATUM KATHERINE GUILLÉN KODINSKY y TAMSY LORENZA GUILLÉN KODINSKY, venezolanos, titulares de las Cédulas de Identidad NROS 3.306.855, 11.745.791, 11.745.790 y 13.802.829, respectivamente, debidamente asistidos por el abogado José Guillén Quintero, titular de la Cédula de Identidad NRO V-10.805.121, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 114.025; así como la justificación de los testigos promovida y evacuada; este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, Declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos TATIANA KODINSKY de GUILLÉN, TOMÁS RAMÓN GUILLÉN KODINSKY, TATUM KATHERINE GUILLÉN KODINSKY y TAMSY LORENZA GUILLÉN KODINSKY, antes identificados; en su carácter de causahabientes del ciudadano RAMÓN BENIGNO GUILLÉN DÁVILA, quien en vida era de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° 2.101.596, quien falleció en fecha 22 de marzo de 2012, tal como se desprende de Acta Nº 292, emitida por la Oficina Subalterna del Registro Civil Parroquia San Bernardino, Distrito Capital; todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvase a los solicitantes en original todas las actuaciones que conforman la presente solicitud. Déjese copia certificada del presente Decreto y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.
LA JUEZA TITULAR

EL SECRETARIO
LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ

MAIKEL MEZONES IBÁÑEZ



Se deja constancia de que se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
EL SECRETARIO


Expediente N°: S-2012-090
LCH / MMI / hep