REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
San Antonio de Los Altos, 04 de mayo de 2012
202° y 153°
Visto como ha sido el presente escrito de Solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS procedente del Juzgado Segundo de Municipio del Municipio Guaicaipuro de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, en virtud de la declinación realizada por el referido Tribunal en razón del Territorio, presentada por los ciudadanos CARLOS MARIANO NUÑEZ MORILLO, EMILIO ENRIQUE NUÑEZ MORILLO y DANIEL ANTONIO NUÑEZ MORILLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros 12.543.852, 18.143.244 y 19.334.816, respectivamente; asistidos por la abogada Johanna Carolina García Segato, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 163.048; así como la justificación de los testigos promovida y evacuada; este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, Declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos CARLOS MARIANO NUÑEZ MORILLO, EMILIO ENRIQUE NUÑEZ MORILLO y DANIEL ANTONIO NUÑEZ MORILLO, antes identificados; en su carácter de causahabientes de la ciudadana HAYDEE JUDITH MORILLO de NUÑEZ, quien en vida era de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° 3.406.460, quien falleció en fecha 16 de noviembre de 2011, tal como se desprende de Acta Nº 1753, Libro OCHO (08), emitida por la Oficina Subalterna del Registro Civil San Juan, Distrito Capital; todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvase a los solicitantes en original todas las actuaciones que conforman la presente solicitud. Déjese copia certificada del presente Decreto y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.
Asimismo, este Tribunal de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, acuerda expedir por secretaría seis (06) copias certificadas del presente decreto y de la diligencia que las solicitó de fecha diecisiete (17) de abril del presente año. Cúmplase.
LA JUEZA TITULAR
EL SECRETARIO
LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ
MAIKEL MEZONES IBÁÑEZ
Se deja constancia de que se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
EL SECRETARIO
Expediente N°: S-2012-059
LCH / MMI / hep