REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO












REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO
GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

Los Teques, 16 de mayo de 2012
202° y 153°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, suscrita por el ciudadano RAFAEL ENRIQUE PEÑA ALEMAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.560.978,actuando en su propio nombre y en representación de su hermana, ciudadana GLADYS VICTORIA BESSIL DE VILLAMIZAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.629.747, asistido por el abogado MARIO IZQUIERDO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 46.875, así como la justificación promovida y evacuada ante este Juzgado, en la cual rinden declaración las ciudadanas MARTA LUCIA ÑIANGUMA y ELIDA ROSA MORENO RUÍZ, venezolana y colombiana respectivamente, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-11.708.260 y E-84.425.100, también respectivamente; este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, decreta las mismas TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a favor de los ciudadanos RAFAEL ENRIQUE PEÑA ALEMAN y GLADYS VICTORIA BESSIL DE VILLAMIZAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.560.978 y V-3.629.747, respectivamente para asegurar los derechos que tenga dichos ciudadanos en la Sucesión de la ciudadana MARÍA DE LOURDES ALEMAN SEQUERA DE PEÑA, quien falleció en fecha 24 de marzo de 2011, en su carácter de causahabiente del prenombrado causante, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvanse originales de las presentes actuaciones al promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, previa constancia en el Libro Diario.
LA JUEZ TITULAR


DRA. JACQUELINE VEGA ALVAREZ
EL SECRETARIO TITULAR


ABG. ARNELL QUIJADA CORASPE

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.-
EL SECRETARIO TITULAR

ABG. ARNELL QUIJADA CORASPE
S.- N° 1923/2011
JVA/ad/jn.-