REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN,
MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN GUARENAS


Guarenas, 13 de noviembre de 2012
Años 202° y 153°


Vista la diligencia de fecha 07 de noviembre de 2012, cursante al folio 12 del expediente, suscrita por la ciudadana NORIS ELENA FONSECA QUINTERO, titular de la cèdula de identidad No. 8.764.383. asistida del abogado en ejercicio RONALD GONZALEZ GUERRA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 102.777, mediante la cual DESISTE del procedimiento de CALIFICACION DE DESPIDO, REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAIDOS, que incoara en contra de la accionada Entidad de Trabajo FORMAS GRAFICHECK DE VENEZUELA S.A, donde solicita la homologación a este Tribunal.

Este TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN GUARENAS, Administrando Justicia en nombre de República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte la correspondiente HOMOLOGACIÓN AL DESISTIMIENTO DE LA PARTE ACTORA EN SUS TERMINOS EXPRESADOS, por considerarlo ajustado a derecho, teniendo el efecto de Cosa Juzgada, de conformidad con lo previsto en el Articulo 263 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia da por terminado el presente procedimiento y una vez cumplidos los lapsos de Ley se ordenará el archivo del Expediente. Así se establece.

Todo ello en el juicio que por CALIFICACION DE DESPIDO, incoara la ciudadana NORIS ELENA FONSECA QUINTERO, titular de la Cédula de Identidad N° 8.756.915 contra FORMAS GRAFICHECK S.A debidamente identificadas en sus datos regístrales cursante en el expediente signado con el N° 4995-12

No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.

Dando cumplimiento a lo establecido en las disposiciones del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, se ordena dejar copia certificada de la presente sentencia en el archivo del Tribunal.

Se ordena la publicación de la presente decisión en la página WEB del Tribunal Supremo de Justicia en el site denominada Región Miranda.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA

Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Con sede en Guarenas, a los trece (13) días del mes de noviembre del año dos mil doce (2012), AÑOS: 202° y 153°.
EL JUEZ



Dr. NICOLAS CELTA G.-

LA SECRETARIA
ABOG .SOFIA CISNEROS
Expediente N° 4995-12
NCG/SC.