REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRION Y BUROZ


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS BRIÓN Y EULALIA BURÓZ
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
Higuerote, 6 de noviembre de 2012
202º y 153º

Vistas las actuaciones que anteceden, especialmente la copia certificada del Acta de Defunción No. 143, expedida por la Dirección de Registro Civil y Electoral del Municipio Brión del estado Miranda, de fecha 26 de julio de 2012 y las evacuaciones testimoniales de las ciudadanas: CARMEN MARIA DIAZ y BELKYS CLEMENCIA SANCHEZ, ambas de nacionalidad venezolana, mayores de edad, ambas de estado civil soltera y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.763.319 y V-6.838.015, respectivamente, domiciliadas en el sector El Cocal, primera y segunda calle, casas s/n, respectivamente, parroquia Higuerote, Municipio Brión del estado Miranda; este Tribunal sin perjuicio a terceros de igual o mejor derecho, en virtud de lo dispuesto en el encabezamiento del artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, a lo previsto en el artículo 3 de la Resolución Nº 2009-0006 de fecha 18/3/2009, publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.152 de fecha 2/4/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y por cuanto no ha habido oposición alguna DECLARA a la ciudadana: MARIBEL CELAIDA AGUIAR DE DIAZ, suficientemente identificada en autos, ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del difunto ciudadano DOUGLAS JOSE DIAZ GERDLER. Devuélvanse originales de las presentes actuaciones a la promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
EL JUEZ PROVISORIO

WILIEM ASSKOUL SAAB
LA SECRETARIA

GRELIN MIJARES
En esta misma fecha se devuelven originales con sus resultas a la parte interesada.
LA SECRETARIA

GRELIN MIJARES








Sol. Nro. S-2194
WAS/gm/nr