REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA.
Los Teques, 27 de Noviembre de 2012
202º y 153º
Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicios de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, así como la Resolución Nº 2009-0006 emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de Marzo de 2009, y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152 el día 02 de Abril de 2009, Declara dichas actuaciones TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la Sociedad Mercantil “PINTURAS MAXI GAMA” C.A., inscrita en fecha ocho (08) de agosto del año 2.006, anotado bajo el Nº 32, tomo 82-A Cto, en el Registro Mercantil V de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, de este domicilio, representada por el ciudadano JOSE LUIS SOUSA CAMARA, de Nacionalidad Portuguesa, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº E-81.240.972, sobre las mejoras y bienhechurías, construidas en la Parcela 42-B y el Galpón 42-B, ubicada en la urbanización Industrial La Cumaca de Paracotos, Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda. Devuélvase todo lo actuado a la parte interesada, incluyendo la solicitud la cual se encuentra redactada por el abogado Edgar Herrera M., inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 32.777, constante de seis (06) folios útiles, previa constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal, y copia certificada que de las presentes actuaciones se ordena agregar a los archivos de este Tribunal. Cúmplase.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
Dra. TERESA HERRERA ALMEIDA.
LA SECRETARIA
Abg. LESBIA MONCADA DE PICCA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA
THA/LMdeP/tb
Solicitud Nº 12-1450