JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
EXPEDIENTE Nº 2773-07
ACTO CONCILIATORIO POR AUMENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION.
DEMANDANTE: LAVINIA LAGOS QUINTERO.
DEMANDADO: JORGE LUIS FLOREZ RINCON.
En el día de hoy, dieciséis (16) de noviembre de 2012, presentes en el Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, los ciudadanos LAVINIA LAGOS QUINTERO, titular de la cédula de identidad Nº 11.111.172, y JORGE LUIS FLOREZ RINCON, titular de la cédula de identidad Nº 11.112.198, con la finalidad de realizar acto conciliatorio por aumento de obligación de manutención. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al ciudadano JORGE LUIS FLOREZ RINCON, quien puso:”manifiesta que ofrece incrementar la obligación de manutención en la cantidad de QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 500,00) adicionales a los QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 500,00) que tenia fijados para un total de MIL BOLIVARES (Bs. 1.000,00) mensuales, al igual que se compromete a cubrir en su totalidad los gastos de sus dos hijos de la época de Diciembre, al igual que cubrir el cincuenta por ciento (50%) de los gastos médicos de los dos hijos. Depositare la manutención en dos cuotas es decir quincenalmente.”. Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la ciudadana LAVINIA LAGOS QUINTERO, quien manifestó “Que estoy de acuerdo por lo ofrecido por el padre de mis hijos e igualmente me comprometo a cubrir en su totalidad todos los gastos de la temporada escolar de mis dos hijos, al igual que hago entrega de la copia de la libreta de ahorros del Banco Bicentenario en el presente acto al padre, así mismo cubriré el cincuenta por ciento (50%) de los gastos médicos.”, Es todo. En virtud de lo expuesto por las partes este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, HOMOLOGA EL PRESENTE ACUERDO DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 375 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE, OTORGANDOLE CARÁCTER DE COSA JUZGADA Y EJECUTIVA. La presente obligación de manutención, comenzara a regir a partir del 30 de noviembre de 2012. Es todo, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA PROVISORIO
ABOG. ANA RAMONA ACUÑA
JORGE LUIS FLOREZ RINCON ________________________
LAVINIA LAGOS QUINTERO __________________________
EL SECRETARIO TITULAR
Abg. JULIO CESAR COLMENARES GONZALEZ
|