En el día de hoy, miércoles veintiocho de noviembre de dos mil doce, siendo las 9:15 a.m se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TORBES, CÁRDENAS, GUÁSIMOS, FERNÁNDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto el abogado en ejercicio JOSÉ RAMÓN BARRERA CARDOZO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 28.339, quien actúa con el carácter de co-cesionario demandado reconvincente; é indicó a este Tribunal la siguiente dirección: Sede del Banco Occidental de Descuento, agencia San Cristóbal, ubicada en calle 9 frente al Centro Comercial Plaza San Cristóbal, Sector Barrio Obrero de esta ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira, a fin de continuar con el cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÀNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÀREA METROPOLITANA DE CARACAS, la cual consiste en la práctica de la medida de EMBARGO EJECUTIVO decretado sobre bienes propiedad de la parte demandante reconvenida Sociedad Mercantil Valores Inversiones y desarrollos de Occidente (VIDO, C.A), en el JUICIO que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE VENTA, se sigue en el expediente N° 14148-1999, que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Se encuentra presente el ciudadano: JUAN CARLOS GONZÁLEZ SERRANO, titular de la cédula de identidad Nº V-7.269.966 en su Carácter de Sub–gerente, la Jueza lo notificó del objeto y misión a cumplir en el sitio, Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento a la comisión conferida por el juzgado comitente, y cede el derecho de palabra a la parte actora, quien expuso: “En virtud de que constamos de que en esta entidad no existe dinero en cuenta suficiente para cubrir cantidades numerarias expresadas en el Mandamiento de Ejecución, solicito del Tribunal fije nueva oportunidad para trasladarse y constituirse en otra entidad bancaria que señalaré en la oportunidad correspondiente, es todo”. El Tribunal visto lo expuesto por la parte actora acuerda suspender la presente ejecución y fijar nueva oportunidad por auto separado. Es todo. No siendo más el Tribunal concluye el acto a la 10:00 a.m y regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman. Lo enmendado: Vale todo.
LA JUEZA TITULAR,
ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ
LA PARTE ACTORA,
ABG. JOSÉ RAMÓN BARRERA CARDOZO
EL NOTIFICADO,
JUAN CARLOS GONZÁLEZ SERRANO
LA SECRETARIA,
HAYDEÉ SOCORRO MORENO
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