REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO LABORAL

JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
CON SEDE EN LOS TEQUES
202°153°
ACTA DE AUDIENCIA DE PARTE
En el día de hoy, lunes (01) de octubre de 2012, siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), oportunidad fijada por el Tribunal que tenga lugar la audiencia oral y pública de apelación en la causa que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES sigue la ciudadana YASMINA DEL VALLE CABRERA titular de la Cédula de Identidad N°. 5.544.236 contra la empresa MERCANTIL MARSEM, C.A. (HOTEL LAS VEGAS), en virtud de la apelación interpuesta por la apoderada judicial de la parte accionante, abogada ROSA GRATEROL LIENDO inscrita en el inpreabogado bajo el N°.140.171, contra el auto de fecha 17 de septiembre de 2012 dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, la cual cursa en el expediente numero 1923-12 (nomenclatura de este Juzgado), y de cuya apelación se adhirió la apoderada judicial de la parte demandada, abogada JULIANA LOPEZ GALEA inscrita en el inpreabogado bajo el N°. 38.498 - Una vez anunciado dicho acto a las puertas del Tribunal con las formalidades de Ley, se deja expresa constancia de la comparecencia de la ciudadana YASMINA DEL VALLE CABRERA anteriormente identificada y su apoderada judicial, abogada ROSA ELENA GRATEROL, anteriormente identificada. Así mismo se deja expresa constancia de la comparecencia de la apoderada judicial de la parte demandada, abogada JULIANA LOPEZ GALEA anteriormente identificada. Seguidamente se da inicio al acto, haciendo acto de presencia el ciudadano ADOLFO HAMDAN GONZALEZ, Juez del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con Sede en Los Teques, quien dejó constancia de la grabación y filmación de la presente audiencia, a los fines de su posterior reproducción audiovisual, que constituye parte integrante del expediente de la causa, como lo dispone el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Seguidamente, el ciudadano Juez, le otorga el derecho de palabra a la apoderada judicial de la parte accionante, cuyos alegatos quedaron registrados en el material audiovisual. Acto seguido se le otorgó el derecho de palabra a la apoderada judicial de la parte demandada, quien en este acto, desiste de la adhesión a la apelación, cuyos alegatos quedaron registrados en el material audiovisual. Acto se le otorgó el derecho a réplica a la apoderada judicial de la parte demandante, cuyos alegatos quedaron registrados en el material audiovisual. Concluida la exposición de la representación judicial de las partes, el ciudadano Juez, anunció se acogería al lapso de 60 minutos conforme al contenido del artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo el ciudadano Juez retorna a la Sala de Audiencia y pasa a dictar sentencia oral correspondiente a la presente causa.- De regreso a la sala de audiencias el ciudadano Juez Superior procedió a dictar sentencia oral realizando previamente un análisis de los motivos de hecho y de derecho sobre los cuales funda su decisión, y declara lo siguiente.:“…Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la apoderada judicial de la parte demandante, abogada ROSA ELENA GRATEROL contra el auto de fecha 17 de septiembre de 2012 dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques. SEGUNDO: SE CONFIRMA el auto de fecha 17 de septiembre de 2012 dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques. CUARTO: Por la naturaleza del fallo, no hay condenatoria en costas. La publicación del texto íntegro de la presente sentencia con los motivos de hecho y de derecho, se realizará al quinto (5°) día hábil siguiente a la presente fecha, y será a partir de la preclusión del mencionado lapso para la publicación de dicha decisión, comenzará a computarse el lapso para interponer los recursos correspondientes, de conformidad con lo señalado en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Publíquese y Regístrese en los Libros y en la Página Electrónica del presente Juzgado Superior Primero del Trabajo. Dada, dictada, sellada y firmada, en la Sala de Audiencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, primero (1°) día del mes de octubre de 2012. Años 202° de la Independencia y 153° de la Federación. Se declara concluida la presente audiencia, es todo, terminó, se leyó y conformes firman

ADOLFO HAMDAN GONZALEZ
EL JUEZ SUPERIOR
EDINET VIDES ZAPATA LA SECRETARIA
APODERADA JUDICIAL
DE LA PARTE ACTORA

PARTE ACTORA APODERADA JUDICIAL
DE LA PARTE DEMANDADA
EXP. 1923-12
AHG/EVZ*