REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRION Y BUROZ

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS BRIÓN Y EULALIA BURÓZ
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
Higuerote, 16 de octubre de 2012
202º y 153º

Vistas las actuaciones que anteceden, especialmente la copia certificada del Acta de Defunción No. 87, expedida por la Dirección de Registro Civil del Municipio Brión del Estado Miranda, de fecha 16 de agosto del 2012, y las evacuaciones testimoniales de las ciudadanas: SOLIA TERESA ALFONZO y EVA DE JESUS BLANCO RIVAS, ambas de nacionalidad venezolana, mayores de edad, de estado civil soltera la primera y divorciada la segunda, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.254.724 y V-2.093.384, respectivamente, ambas domiciliadas en la Parroquia Curiepe, calle Higuerote casas S/N y 33, respectivamente, Curiepe, Municipio Brión del estado Miranda; este Tribunal sin perjuicio a terceros de igual o mejor derecho, en virtud de lo dispuesto en el encabezamiento del artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, a lo previsto en el artículo 3 de la Resolución Nº 2009-0006 de fecha 18/3/2009, publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.152 de fecha 2/4/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y por cuanto no ha habido oposición alguna DECLARA a los ciudadanos: EVARISTO LUCIANO RADA TOVAR, CARMEN RICARDA RADA DE SOLORZANO, CARMEN GREGORIA RADA TOVAR y MARTHA JOSEFINA RADA TOVAR, suficientemente identificados en autos, ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la difunta ciudadana GREGORIA GUADALUPE TOVAR DE RADA. Devuélvanse originales de las presentes actuaciones a los promoventes, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este
EL JUEZ PROVISORIO


WILIEM ASSKOUL SAAB
LA SECRETARIA

GRELIN MIJARES
En esta misma fecha se devuelven originales con sus resultas a la parte interesada.
LA SECRETARIA

GRELIN MIJARES




Sol. No. S-2175
WAS/gm/jg.-