REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO CARRIZAL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO CARRIZAL
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Carrizal, 17 de octubre de 2012.
202º y 153º
Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de los ciudadanos ZAIDA HERIBERTA AGUILERA de LÓPEZ y FRANCISCO RAMÓN LÓPEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nº V-6.460.115 y V-4.057.618, sobre las mejoras y bienhechurías, construidas en Terreno de Propiedad Municipal de Origen Ejidal, que tiene un área aproximada de CUARENTA Y DOS CON DIECISEIS METROS CUADRADOS (42,16 M2), ubicado en: la Comunidad José Manuel Álvarez, Calle El Tanque, Escaleras Las Mercedes 1, Casa Nº 55, Jurisdicción del Municipio Carrizal, Estado Bolivariano de Miranda, con un área total de construcción aproximadamente de CUARENTA Y DOS CON DIECISEIS METROS CUADRADOS (42,16 M2), según consta de autorización de fecha 04 de octubre de 2012, expedida por la Alcaldía del Municipio Carrizal, Dirección de Catastro; cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud. Devuélvanse en original las presentes actuaciones, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por la abogada en ejercicio, Shelley Girón, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 63.043. Expídase copia certificada de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
El Juez Temporal,
Dr. John Pérez González
La Secretaria,
Abg. Beyram Díaz Martínez
Nota: En esta misma fecha se devuelve la presente solicitud constante de ocho (08) folios útiles.
La Secretaria,
Abg. Beyram Díaz Martínez
JPG / BDM.-
OO / S-2385-12.-
Quien suscribe, BEYRAM DIAZ, Secretaria Titular del Juzgado del Municipio Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda. CERTIFICA: Que el fotostato que antecede, constante de un (01) folio útil, es traslado fiel y exacto de su original que corre inserto en el expediente Nº 2385-12, contentivo de la solicitud de Título Supletorio, presentada por los ciudadanos ZAIDA HERIBERTA AGUILERA de LÓPEZ y FRANCISCO RAMÓN LÓPEZ. La presente certificación fue autorizada por el ciudadano Juez Temporal, y se expide de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, en Carrizal a los diecisiete (17) días del mes de octubre de dos mil doce (2012). Años: 202º y 153º.-
LA SECRETARIA
ABG. BEYRAM DÍAZ MARTÍNEZ
JPG / BDM.-
OO / S-2385-12.-