REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
CON SEDE EN GUARENAS

Guarenas, 02 de octubre de 2012
Años 202° y 153°


Vista la diligencia de fecha 13-08-2012, cursante al folio 132 del expediente, suscrita por el abogado VÍCTOR NAVARRO, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 75.770, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, y el ciudadano MOISÉS BENITEZ, en su carácter de parte actora debidamente asistido por la abogada ISMALY TOVAR, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 39.480, mediante la cual exponen el acuerdo alcanzado entre ellos, para poner fin al proceso mediante un pago total por la cantidad de Bs. 6.000, el cual se efectuó a través de un pago único realizado mediante cheque identificado con el Nº 00003158, del Banco Provincial, con fecha 06 de agosto de 2012, en consecuencia, y en vista de la sentencia dictada por este Juzgado en fecha 10 de agosto de 2012, la cual declaró PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Guarenas, en virtud de lo establecido en el artículo 525 del Código de Procedimiento Civil procede a HOMOLOGAR el acuerdo celebrado por las partes antes identificadas, mediante el cual le dan cumplimientio a la sentencia antes señalada.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DEJESE COPIA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Guarenas, a los dos (02) días del mes de octubre del año dos mil doce (2012) Años: 202° de la Independencia y 153° de la Federación.
LA JUEZ


Abg. MARÍA NATALIA PEREIRA

LA SECRETARIA


Abg. LORENA MEDINA



Exp. Nº 4477-11
MNP/LM/eb