REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO EXTENSIÓN BARLOVENTO
JUEZ: ABG. FRANCISCO JAVIER LARA
ACUSADO: RONALD ENRIQUE OROZCO.
DELITO: TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCION.
FISCAL: ABG. ADRIANA GRATEROL.
DEFENSA: ABG. MIGUEL VILLARROEL
En fecha 23 de Octubre del año 2012, se dio inicio al Juicio Oral y Público en la presente causa, seguida en contra del ciudadano RONALD ENRIQUE OROZCO, titular de la Cédula de Identidad Nro. V.- 16.379.778, por la presunta comisión del delito de TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCION, previsto y sancionado en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, y se fijó su continuación para el día 01-11-12.
En fecha 25-10-12, se recibió nº 0316-12 de fecha 28 de Septiembre de 2012, proveniente de la sala Nº 02 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, mediante el cual remite Copia Certificada de la Sentencia emitida por la misma y en la cual se declaro sin lugar lo referente a la Inhibición formulada por la Dra. Nancy Toyo, en su carácter de Juez Segundo de Juicio de esta Circunscripción Judicial, por lo que se debe declarar la Interrupción del mismo.-
Ahora bien de conformidad a lo previsto en el artículo 320 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo previsto en el artículo 318 ejusdem y de acuerdo al principio de concentración los Jueces de la República Bolivariana deben continuar con los Juicios suspendidos dentro de un lapso no mayor de 16 días. En consecuencia resulta evidente en la presente causa que ha operado LA INTERRUPCION DEL DEBATE ORAL Y PÚBLICO.
En virtud de lo antes expuesto y conforme a lo establecido en los artículos 26 y 257 de la Constitución de La República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 16, 318 y 320, todos del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede Barlovento, Declara INTERRUMPIDO EL DEBATE, en la presente causa, en consecuencia se Repone la misma al estado de fijar nueva fecha para la realización del Juicio Oral y Público en la oportunidad que el Tribunal Segundo de Juicio establezca. Y ASÍ SE DECIDE.
PARTE DISPOSITIVA
Este Tribunal Primero en Funciones de Juicio actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le concede la Ley DECLARA INTERRUMPIDO EL DEBATE DEL JUICIO ORAL en la presente causa, signada con el Nro. 1U-1043-12, seguida en contra del ciudadano RONALD ENRIQUE OROZCO, titular de la Cédula de Identidad Nro. V.- 16.379.778, por la presunta comisión del delito de TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCION, previsto y sancionado en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas. En consecuencia se acuerda remitir la presente causa al Tribunal Segundo de Juicio de esta misma Circunscripción Judicial a los fines de que siga conociendo de la presente causa.
En Guarenas, a los Veintinueve (29) días del mes de Octubre de Dos mil Doce (2012). Años: 202° de la Independencia y 153° de la Federación.
EL JUEZ PRIMERO DE JUICIO
ABG. FRANCISCO JAVIER LARA
LA SECRETARIA
Abg. KARLA SANTIN
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado. LA SECRETARIA
Abg. KARLA SANTIN
Exp. 1U-1043-12