REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN EXTENSIÓN BARLOVENTO

De la revisión de las actas cursante en el presente expediente, muy especialmente el oficio signado con el N° 1503-12, de fecha 24 de septiembre de 2012, recibido por este tribunal el 28 de ese mismo mes y año, se observa que el penado LUIS UZCATEGUI CASTRO, venezolano, con la cédula de identidad V.-6.502.541, fue puesto en libertad, el 19-3-2012, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Juicio de este mismo circuito judicial penal, fijando para el venidero 17 de Octubre de 2012, hora: 9:00 a.m., la apertura del juicio oral y público, indicando en dicho comunicado la dirección del penado.
En razón de lo antes expuesto, este tribunal emite los siguientes pronunciamientos:

PRIMERO: SE ORDENA LIBRAR OFICIO al Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Juicio de este mismo circuito judicial penal, a los fines que el identificado penado LUIS UZCATEGUI CASTRO, venezolano, con la cédula de identidad V.-6.502.541, sea puesto de manera inmediata, a la orden de este Tribunal de Ejecución para ser impuesto de la presente decisión y de manera expedita sea encarcelado en el Internado Judicial Capital Rodeo I, a los fines de dar cumplimiento de la pena que aun le falta por cumplir,
SEGUNDO: SE ORDENA LIBRAR OFICIO A LA DIVISION DE APREHENSIÓNES DEL CICPC a los fines de capturar al penado de autos LUIS UZCATEGUI CASTRO, venezolano, con la cédula de identidad V.-6.502.541 y ponerlo a la orden de este tribunal ejecutor de sentencias, de manera inmediata y sin dilaciones. Líbrese Boleta de Encarcelación. Notifíquese al Fiscal con Competencia Penitenciaria, y a la Defensora del penado. CUMPLASE.
EL JUEZ SEGUNDO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS (S)
Abg. LEONARDO EUGENIO GUEVARA MATAS
LA SECRETARIA
Abg. YESSICA CHALU
En esta misma fecha se dio cabal cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA
Abg. YESSICA CHALU


Actuación: 2E-121-08