REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda - Extensión Valles del Tuy
Valles del Tuy, 03 de octubre de 2012
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL: MP21-P-2010-003799
RESOLUCION JUDICIAL
En fecha 13 de septiembre de 2012, en el acto de diferimiento por incomparecencia de la víctima, la defensa solicito que se ordenará una evaluación Medico-Forense al ciudadano ARGENIS EDUARDO YANEZ DELGADO, con un experto en Odontología, a quien se le sigue proceso en la presente causa.
A los fines de decidir, este Juzgador observa que la defensa del imputado solicita el traslado para un Centro Asistencial, ya que su salud puede estar en peligro, en tal sentido este Tribunal a los fines de decidir observa:
Artículo 83 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela:
“La salud es un derecho social fundamental, obligación del Estado, que lo garantizará como parte del derecho a la vida…”
Ahora bien, es criterio de quien aquí decide que la salud de todas y todos los ciudadanos que habitan en el territorio de la Nación Venezolana, es un derecho fundamental que admite corresponsabilidad de los administradores de justicia, corresponsabilidad que deviene de lo establecido en el máximo texto Legal patrio en el artículo 2. Es por lo anterior que SE ACUERDA el traslado del ciudadano ARGENIS EDUARDO YANEZ DELGADO, con las seguridades que el caso amerita, hasta la Medicatura Forense del Cuerpo de investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Seccional Ocumare del Tuy. Y ASI SE DECLARA.-
Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado acuerda con carácter de extrema urgencia, el inmediato traslado del ciudadano ARGENIS EDUARDO YANEZ DELGADO, a la Medicatura Forense del Cuerpo de investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Seccional Ocumare del Tuy, a los fines de garantizar la salud del mismo.
Líbrese los correspondientes oficios al Director del Centro Penitenciario Región Capital Yare, a los fines de informar lo aquí decidido.
EL JUEZ TERCERO DE CONTROL
DR. ANGEL RAFAEL BASTARDO
LA SECRETARIA
AURA MARINA CHAVEZ
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA
AURA MARINA CHAVEZ