REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques,
Años: 202° y 153°
En virtud de haber sido designada Juez Titular de este despacho, y juramentada en fecha 20 de junio de 2007, me AVOCO al conocimiento de la presente causa. Asimismo de una revisión de las actas que conforman el presente expediente, este Tribunal observa que el presente procedimiento de DIVORCIO 185-A, incoado por los ciudadanos NER HERNÁNDEZ y SOPHIE GOOSSENS, evidenciándose que el mismo se recibió en fecha 24 de abril de 2003, proveniente del Sistema de Distribución de causas, y admitido en fecha 07 de mayo de 2003, y siendo que las partes interesadas no han impulsado la continuación de la causa, transcurriendo a la fecha, un lapso de nueve (09) años y cinco (05) meses de absoluta inactividad, lapso que resulta suficiente para presumir que la solicitante no tiene interés en impulsarla, situación que afecta, sin duda, la normal prestación de los servicios judiciales, pues una vez que se plantea una solicitud los órganos jurisdiccionales deben avocarse a sustanciarlo, lo que implica una inversión de tiempo, tanto por parte de los funcionarios adscritos al Tribunal como por el Juez, quienes conocen de numerosos asuntos que también se tramitan a diario.
En vista de la inactividad observada en la solicitud que da origen a esta actuación, este Tribunal debe concluir que se ha verificado un abandono del trámite, por lo que en ejercicio de las atribuciones que le confiere la ley y la doctrina sentada por nuestro máximo tribunal, se declara terminado el procedimiento, por falta del debido impulso procesal y consecuentemente, se ordena la remisión de este expediente a la Oficina de Archivo Judicial.
LA JUEZ TITULAR,


ELSY MADRIZ QUIROZ
LA SECRETARIA,


JENIFER BACALLADO GONZÁLEZ


EMQ/ci*
Exp. No. 23399