REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques,
Años: 202° y 153°
En virtud de haber sido designada Juez Titular de este despacho, y juramentada en fecha 20 de junio de 2007, me AVOCO al conocimiento de la presente causa. Asimismo de una revisión de las actas que conforman el presente expediente, este Tribunal observa que el presente Juicio de INHABILITACIÓN, planteado por GLORIA GUEVARA FUENTES, actuando en su carácter de Fiscal XI del Ministerio Público (E) especializada en Protección del Niño, el Adolescente y la Familia de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, a favor del ciudadano DARWUIN RENE ZAMBRANO MONSALVE, evidenciándose que el mismo se recibió en fecha 05 de noviembre de 2004, proveniente del Sistema de Distribución de causas, y admitido en fecha 22 de noviembre de 2004, y siendo que la parte interesada no ha impulsado la continuación de la causa, transcurriendo a la fecha, un lapso de siete (07) años y nueve (09) meses de absoluta inactividad, lapso que resulta suficiente para presumir que la solicitante no tiene interés en impulsarla, situación que afecta, sin duda, la normal prestación de los servicios judiciales, pues una vez que se plantea una solicitud los órganos jurisdiccionales deben avocarse a sustanciarlo, lo que implica una inversión de tiempo, tanto por parte de los funcionarios adscritos al Tribunal como por el Juez, quienes conocen de numerosos asuntos que también se tramitan a diario.
En vista de la inactividad observada en la solicitud que da origen a esta actuación, este Tribunal debe concluir que se ha verificado un abandono del trámite, por lo que en ejercicio de las atribuciones que le confiere la ley y la doctrina sentada por nuestro máximo tribunal, se declara terminado el procedimiento, por falta del debido impulso procesal y consecuentemente, se ordena la remisión de este expediente a la Oficina de Archivo Judicial.
LA JUEZ TITULAR,
ELSY MADRIZ QUIROZ
LA SECRETARIA,
JENIFER BACALLADO GONZÁLEZ
EMQ/ci*
Exp. No. 24741
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