REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRION Y BUROZ

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS BRIÓN Y EULALIA BURÓZ
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
Higuerote, 20 de septiembre de 2012
202º y 153º

Vistas las actuaciones que anteceden, especialmente la copia certificada del Acta de Defunción N° 188, expedida por la Dirección de Registro Civil y Electoral del Municipio Brión del estado Miranda, de fecha 14 de febrero de 2012 y las evacuaciones testimoniales de los ciudadanos: KARINA JOSÉ RONDÓN MONTEROLA y VICTOR MANUEL ROMERO DÍAZ, ambos de nacionalidad venezolana, mayores de edad, ambos de estado civil soltero, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-17.773.890 y V-19.018.509, respectivamente, ambos domiciliados en el sector El Cocal, calles José Gregorio Hernández y segunda, respectivamente, casas S/N, parroquia Higuerote, Municipio Brión del estado Miranda; este Tribunal sin perjuicio a terceros de igual o mejor derecho, en virtud de lo dispuesto en el encabezamiento del artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, a lo previsto en el artículo 3 de la Resolución Nº 2009-0006 de fecha 18/3/2009, publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.152 de fecha 2/4/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y por cuanto no ha habido oposición alguna DECLARA a los ciudadanos: ALEXY DEL VALLE GONZÁLEZ, BRENDA DEL VALLE HERRERA GONZÁLEZ, MIGUEL ANGEL HERRERA GONZÁLEZ, YURAIMA LISBETH HERRERA GONZÁLEZ y ANGELICA DEL CARMEN HERRERA MATA, suficientemente identificados en autos, ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del difunto ciudadano ANGEL RAMON HERRERA. Devuélvanse originales de las presentes actuaciones a los promoventes, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
EL JUEZ PROVISORIO


WILIEM ASSKOUL SAAB
LA SECRETARIA


GRELIN MIJARES

En esta misma fecha se devuelven originales con sus resultas a la parte interesada.
LA SECRETARIA


GRELIN MIJARES


Sol. Nro. S-2129
WAS/gm/lr.-