REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO ZAMORA

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JUZGADO DEL MUNICIPIO ZAMORA
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
Guatire, 27 de septiembre de 2012
202º y 153º

Vista la DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS presentada por el Abogado MIGUEL ANGEL ZAPATA TORRES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 126.314, asistiendo a la ciudadana VICTORIA BEATRIZ ZAPATA PEÑALVER, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V- 6.271.242 en representación propia y de los ciudadanos ANA MARIA ZAPATA PEÑALVER, MIGUEL ANGEL ZAPATA PEÑALVER, RODOLFO JOSE ZAPATA PEÑALVER, ABELARDO ANTONIO ZAPATA PEÑALVER, REYNALDO RAUL ZAPATA PEÑALVER y ROBERTO FRANCISCO ZAPATA TORO (En representación de su difunto padre ROBERTO ENRIQUE ZAPATA PEÑALVER), venezolanos, solteros, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Nros V-10.097.464, V-4.281.366, V-4.583.305, V-6.840.919, V-6.376.132 y V-18.830.789, respectivamente, mediante la cual solicitan se les declare como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la De Cujus TERESA PEÑALVER DE ZAPATA, quien falleció Ab-intestato, en fecha 26 de abril de 2010, sin perjuicio de terceros de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
I
En fecha 29 de Noviembre de 2012, mediante auto dictado por el Tribunal se dio entrada a la solicitud y se libró Cartel de Notificación a los herederos desconocidos de la De Cujus TERESA PEÑALVER DE ZAPATA y se instó a los solicitantes a consignar el mismo a fin de pronunciarse sobre la solicitud.
En fecha 27 de Febrero de 2012, compareció la ciudadana VICTORIA BEATRIZ ZAPATA PEÑALVER, debidamente asistida del abogado Miguel Ángel Zapata Torres, retirando cartel para su publicación.
En fecha 10 de Agosto de 2012, compareció la ciudadana VICTORIA BEATRIZ ZAPATA PEÑALVER debidamente asistida por el abogado José Gregorio Blanco, consignando dos (2) ejemplares de carteles de notificación publicados.
En fecha 24 de Septiembre de 2012, comparece la ciudadana VICTORIA BEATRIZ ZAPATA PEÑALVER, debidamente asistida del abogado Miguel Ángel Zapata Torres, solicitando se fije oportunidad para la declaración de los testigos, así mismo consigna comunicado emitido por FOGADE.
En fecha 27 de Septiembre de 2012, compareció un ciudadano que dijo ser y llamarse LUIS JOSE RODRIGUEZ HERRERA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° V-13.472.470, en calidad de testigo.
En fecha 27 de Septiembre de 2012, compareció una ciudadana que dijo ser y llamarse NAHYMA DEL CARMEN LOPEZ ORTIZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° V-12.213.197, en calidad de testigo.
II
Hecho el resumen de las actuaciones del presente caso, este Órgano Jurisdiccional pasa a decidir previas las consideraciones siguientes:
Examinadas las actas procesales, observa el Tribunal que los solicitantes acompañaron los siguientes instrumentos:
1) Copias Simples de las Cédulas de Identidad de los solicitante y de la de cujus, en dos folios.-
2) Copia Certificada del acta de nacimiento N° 807, de fecha 02 de Agosto de 1955, del ciudadano MIGUEL ANGEL, suscrita por el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia Servicio Autónomo de Registros y Notarias.
3) Copia simple del acta de nacimiento N° 2155, de fecha 04 de Octubre de 1957, del ciudadano RODOLFO JOSE, suscrita por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Candelaria Departamento Libertador del Distrito Federal.
4) Copia Simple del acta de nacimiento N° 1422, de fecha 30 de Mayo de 1960, del ciudadano ROBERTO ENRIQUE, suscrita por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Candelaria Departamento Libertador del Distrito Federal.
5) Copia simple del Acta de Defunción N° 91, de fecha 23 de Septiembre de 2003, del ciudadano ROBERTO ENRIQUE ZAPATA PEÑA, suscrita por el Jefe Civil de la Parroquia Libertad del Municipio Lagunillas del Estado Zulia
6) Copia simple del acta de nacimiento N° 533, de fecha 20 de Marzo de 1989, del ciudadano RODOLFO FRANCISCO DE LA TRINIDAD, suscrita por el Secretario General del Municipio Sucre del Estado Miranda.
7) Copia simple del acta de nacimiento N° 1091, de fecha 19 de junio de 1962, del ciudadano REYNALDO RAUL, suscrita por el Prefecto del Municipio Sotillo del estado Anzoátegui.
8) Copia Simple del acta de nacimiento N° 265, de fecha 26 de Abril de 1965, del ciudadano ABELARDO ANTONIO, suscrita por la Primera Autoridad Civil del Distrito Zamora del Estado Miranda.
9) Copia Simple del acta de nacimiento N° 99, de fecha 30 de enero de 1968, de la ciudadana VICTORIA BEATRIZ, suscrita por el Registrador Civil del Municipio Zamora del Estado Bolivariano de Miranda
10) Copia Simple del acta de nacimiento N° 650, de fecha 01 de Septiembre de 1970, de la ciudadana ANA MARIA, suscrita por la Primera Autoridad Civil del Distrito Zamora del Estado Miranda
11) Poder otorgado por los ciudadanos ANA MARIA ZAPATA PEÑALVER, MIGUEL ANGEL ZAPATA PEÑALVER, RODOLFO JOSE ZAPATA PEÑALVER, ABELARDO ANTONIO ZAPATA PEÑALVER y ROBERTO FRANCISCO ZAPATA TORO, a la ciudadana VICTORIA BEATRIZ ZAPATA PEÑALVER, debidamente notariado en fecha 04 de Mayo de 2010, inserto bajo el N° 22, tomo 76 de los Libros de Autenticaciones de la Notaria Publica del Municipio Plaza Estado Miranda.
12) Poder otorgado por el ciudadano REYNALDO RAUL ZAPATA PEÑALVER, a la ciudadana VICTORIA BEATRIZ ZAPATA PEÑALVER, debidamente notariado en fecha 28 de Junio de 2010, inserto bajo el N° 30, tomo 115 de los Libros de Autenticaciones de la Notaria Publica del Municipio Plaza Estado Miranda.
13) Copia Simple del R.I.F Sucesoral
14) Copia simple del Acta de Defunción N° 276, de fecha 10 de Mayo de 2010, de la ciudadana TERESA PEÑALVER DE ZAPATA, suscrita por la Primera Autoridad Civil del Municipio Autónomo Zamora del Estado Miranda.-

Mediante los anteriores documentos los solicitantes demuestra, entre otras cosas, el fallecimiento de la ciudadana: TERESA PEÑALVER DE ZAPATA, así como el Vínculo de Filiación que existe entre los ciudadanos, VICTORIA BEATRIZ ZAPATA PEÑALVER, ANA MARIA ZAPATA PEÑALVER, MIGUEL ANGEL ZAPATA PEÑALVER, RODOLFO JOSE ZAPATA PEÑALVER, ABELARDO ANTONIO ZAPATA PEÑALVER, REYNALDO RAUL ZAPATA PEÑALVER en su condición de hijos de la causante y ROBERTO FRANCISCO ZAPATA TORO, en su condición de nieto del causante.
Los solicitantes propusieron se evacuaran las testimoniales juradas de los testigos que fueron indicados.
En fecha Jueves veintisiete (27) de septiembre de Dos Mil Doce (2012), siendo las nueve y treinta minutos de la mañana (9:30 a.m.,) compareció ante este Tribunal una persona que legalmente juramentada dijo ser y llamarse: LUIS JOSE RODRIGUEZ HERRERA, de 34 años de edad, de nacionalidad venezolana, de estado civil soltero, de profesión u oficio: INGENIERO , con domicilio en: urbanización Villa Heroica calle N° 16 , casa N° 296, Guatire, Municipio Zamora del Estado Miranda, titular de la Cédula de Identidad N° V-13.472.470. Impuesto del motivo de su comparecencia y de las generales de Ley que a testigos se refiere, manifestó no tener impedimento alguno para declarar acerca de los particulares insertos en el escrito por el cual se procede, y AL PRIMER particular CONTESTO: “Si la conozco de vista, trato y comunicación desde hace muchos años”.- AL SEGUNDO particular CONTESTO: “Si se y me consta”.- AL TERCER particular CONTESTO: “Sí”.- AL CUARTO particular CONTESTO: “Si se y me consta”.- El Tribunal pasa a interrogar al testigo de la siguiente manera: Dé el testigo razones fundadas de lo anteriormente expuesto CONTESTO “Porque somos vecinos y amigos desde hace muchos años”. Seguidamente, siendo las Nueve y cuarenta y cinco minutos de la mañana (9:45 a.m.,) compareció ante este Tribunal una persona que legalmente juramentada dijo ser y llamarse: NAHYMA DEL CARMEN LOPEZ ORTIZ , de 37 años de edad, de nacionalidad venezolana, de estado civil soltera, de profesión u oficio: Licenciada en Ciencias Fiscales , con domicilio en: Urbanización Terrazas del Ingenio , Edificio N° 7 , piso 2 apto 2- 4, Guatire, Municipio Zamora del Estado Miranda, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.213.197 Impuesta del motivo de su comparecencia y de las generales de Ley que a testigos se refiere, manifestó no tener impedimento alguno para declarar acerca de los particulares insertos en el escrito por el cual se procede, y AL PRIMER particular CONTESTO: “Si la conozco de vista, trato y comunicación desde hace varios años”.- AL SEGUNDO particular CONTESTO: “Si”.- AL TERCER particular CONTESTO: “Sí”.- AL CUARTO particular CONTESTO: “Si me consta”.- El Tribunal pasa a interrogar a la testigo de la siguiente manera: Dé la testigo razones fundadas de lo anteriormente expuesto CONTESTO “Porque soy amiga de la familia desde hace muchos años”.- En tal sentido, el Tribunal les otorga pleno valor probatorio, a tenor de lo dispuesto en el artículo 1.392 del Código Civil.
Por todo lo antes expuesto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Órgano Jurisdiccional debe declarar a los ciudadanos: VICTORIA BEATRIZ ZAPATA PEÑALVER, ANA MARIA ZAPATA PEÑALVER, MIGUEL ANGEL ZAPATA PEÑALVER, RODOLFO JOSE ZAPATA PEÑALVER, ABELARDO ANTONIO ZAPATA PEÑALVER, REYNALDO RAUL ZAPATA PEÑALVER y ROBERTO FRANCISCO ZAPATA TORO (En representación de su difunto padre ROBERTO ENRIQUE ZAPATA PEÑALVER), venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Nros V- 6.271.242 V-10.097.464, V-4.281.366, V-4.583.305, V-6.840.919, V-6.376.132 y V-18.830.789, respectivamente, ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la de cujus TERESA PEÑALVER DE ZAPATA, antes identificada. ASÍ SE DECIDE.-


DECISION
Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado del Municipio Zamora de la Circunscripción del Estado Miranda, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procede de conformidad con lo establecido en el artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente, a DECLARAR ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO de la de cujus TERESA PEÑALVER DE ZAPATA, quien en vida era Venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° V-913.755 y quien falleció Ab-intestato, en fecha 26 de abril del 2010, en su condición de hijos y nieto, a los ciudadanos: VICTORIA BEATRIZ ZAPATA PEÑALVER, ANA MARIA ZAPATA PEÑALVER, MIGUEL ANGEL ZAPATA PEÑALVER, RODOLFO JOSE ZAPATA PEÑALVER, ABELARDO ANTONIO ZAPATA PEÑALVER, REYNALDO RAUL ZAPATA PEÑALVER y ROBERTO FRANCISCO ZAPATA TORO (En representación de su difunto padre ROBERTO ENRIQUE ZAPATA PEÑALVER), ampliamente identificados. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse los originales a la parte interesada, dejando copias previa certificación en actas por secretaría. Cúmplase.-
LA JUEZA PROVISORIA,


Abg. ANA MARIA BONAGURO BLANCO
LA SECRETARIA,


Abg. MARISOL GONZALEZ RONDON

AMBB/MGR/grey
EXP: 375-11.




En fecha______________________, se devuelven las presentes actuaciones en _____________ ( ) folios útiles a la parte interesada.-











Abg. MARISOL GONZALEZ RONDON, Secretaria del Juzgado del Municipio Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, quien suscribe: CERTIFICA: Que las copias que anteceden, son traslado fiel y exacto de sus originales, y corresponden al Expediente N° 375-11, contentivo de la solicitud de Declaración de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, efectuada por los ciudadanos VICTORIA BEATRIZ ZAPATA PEÑALVER, ANA MARIA ZAPATA PEÑALVER, MIGUEL ANGEL ZAPATA PEÑALVER, RODOLFO JOSE ZAPATA PEÑALVER, ABELARDO ANTONIO ZAPATA PEÑALVER, REYNALDO RAUL ZAPATA PEÑALVER y ROBERTO FRANCISCO ZAPATA TORO.- Certificación que se expide de conformidad con la Ley. Guatire, 27 de Septiembre de 2012.- Años: 202° y 153°
LA SECRETARIA,

Abg. MARISOL GONZALEZ RONDON



EXP: 375-11
MGR/grey