REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
San Antonio de Los Altos, 24 de septiembre de 2012
202º y 153°
Recibido como ha sido el presente escrito de SEPARACIÓN DE CUERPOS presentado por los ciudadanos MARÍA DANIELA MÁRQUEZ GIRÓN y OMAR ENRIQUE DUBIS BOUQUETT, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad NROS 15.615.467 y 16.367.392, respectivamente; asistidos por el abogado Víctor Hugo García Betancourt, inscrito en el Inpreabogado bajo el NRO 134.595; este Tribunal Decreta la SEPARACIÓN DE CUERPOS de los cónyuges, en los mismos términos expuestos en su escrito; en aplicación a lo previsto en el Parágrafo Primero del artículo 762 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 188 y 189 del Código Civil; y conforme a la Resolución Nº 2009-0006, emanada del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.152, de fecha 2 de abril de 2009. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público con arreglo a lo dispuesto en el artículo 196 del texto sustantivo civil, anexándole copia certificada del escrito y del presente decreto, a los fines de que actúe en el procedimiento como parte de buena fe.
En cuanto a la solicitud de copias certificadas, este Tribunal lo acuerda por ser procedente, y ordena que se expidan por secretaría cuatro (4) juegos de copias (previo suministro de los fotostatos requeridos), de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del texto adjetivo civil.
LA JUEZA TITULAR
EL SECRETARIO
LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ
MAIKEL MEZONES IBÁÑEZ
Se deja constancia de que no se dio cumplimiento a lo ordenado en el presente decreto por falta de fotostatos.
EL SECRETARIO
Expediente N°: S-2012-194
LCH / MMI / jge