REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL LOS TEQUES

Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en la Ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, pasa a emitir los siguientes pronunciamientos:

PRIMERO: Visto que la Representante del Ministerio Público no imputa en la presente audiencia ningún hecho punible en contra de los ciudadanos GUTIÉRREZ MUJICA KEIBER GENRRY, titular de la cédula de identidad Nro. V.- 19.3274.277; de 24 años de edad, fecha de nacimiento 30-07-88, natural de los Teques, Estado Miranda, de estado civil Soltero, hijo de MARGARITA MUJICA (V) y de GENRRY GUTIÈRREZ (V), residenciado en: kilómetro 18 de la Carretera Panamericana, Lomas de Urquía, Sector Los Mujica, casa S/N, Municipio Carrizal, Estado Miranda; teléfono: 0416-900-4145 y MAIKEL ALEXANDER TORREALBA SEGOVIA, titular de la cédula de identidad Nro. V.-20.116.1; natural de Caracas, Distrito Capital, fecha de nacimiento 21-05-91, hijo de OLIVA SEGOVIA (F), residenciado en el kilómetro 18 de la Carretera Panamericana, sector Francisco Miranda, la Carbonera, casa S/N, de color anaranjada con puerta blanca, Municipio Carrizal, Estado Miranda, observa este Tribunal que no se encuentran llenos los extremos del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que se declara con lugar las solicitudes de Libertad Plena e inmediata formuladas por la Fiscal del Ministerio Público y por la Defensora Pública Penal de los mencionados ciudadanos, en consecuencia, este Tribunal acuerda la libertad plena e inmediata de los referidos ciudadanos, de conformidad con lo establecido en el artículo 44 numeral 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

SEGUNDO: Líbrense las correspondientes boletas de excarcelación a nombre de los ciudadanos GUTIÉRREZ MUJICA KEIBER GENRRY, titular de la cédula de identidad Nro. V.- 19.3274.277 y MAYKEL ALEXANDER TORREALBA SEGOVIA, titular de la cédula de identidad Nro. V.- 20.116.199, las cuales se remitirán anexas a oficio dirigido al Director del Instituto Autónomo de Policía del Municipio Carrizal.

TERCERO: Se acuerda expedir las copias simples solicitadas tanto por la Fiscal del Ministerio Público como por la Defensora Pública Penal.

CUARTO: Se ordena remitir las actuaciones a la Fiscalía Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en la ciudad de Los Teques en la oportunidad legal correspondiente. De conformidad con el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal, quedan notificadas las partes.

Publíquese, diarícese y déjese copia certificada de la presente decisión.
LA JUEZ CUARTO DE CONTROL

ABG. CAROLINA VENTO GARCIA




LA SECRETARIA


ABG. LUZ ESTELA MOLINA SULBARAN




Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado y así lo certifico




LA SECRETARIA


ABG. LUZ ESTELA MOLINA SULBARAN










Causa Nro. 4C-10533-12
05-09-2012
Auto Fundado Audiencia
de Presentación
GUTIÉRREZ MUJICA KEIBER GENRRY
MAIKEL ALEXANDER TORREALBA SEGOVIA
CVG
12/12