REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY
Por los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal de Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Miranda - Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: DECLARARSE INCOMPETENTE PARA EL CONOCIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, y en tal sentido DECLINA LA COMPETENCIA de la misma, al a un Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con lo establecido en el artículo 49 numeral 4 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en relación con lo dispuesto en los artículos 61 y 77 del Código Orgánico Procesal Penal, concatenadas con lo dispuesto en los artículos 7 ejusdem. Remítase las presentes actuaciones bajo oficio.
Regístrese, remítase bajo oficio y déjese constancia en el libro diario.
EL JUEZ TERCERO DE CONTROL,
DR ANGEL RAFAEL BASTARDO
LA SECRETARIA,
ABG AURA MARINA CHAVEZ
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA,
ABG. AURA MARINA CHAVEZ