REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda - Extensión Valles del Tuy
Valles del Tuy, 23 de septiembre de 2012
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : MP21-P-2012-016318
ASUNTO : MP21-P-2012-016318
ACTA DE AUDIENCIA DE PRESENTACIÓN DE APREHENDIDO


ASUNTO: MP21-P-2012-016318


IDENTIFICACIÓN DEL TRIBUNAL:

JUEZ: DR. ÁNGEL RAFAEL BASTARDO

SECRETARIO: ABG. AURA MARINA CHAVEZ


IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES

FISCAL: DRA. YENNIFER MARIA LIZARDI, FISCAL NOVENA (23°) DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.

DEFENSA: DEFENSORA PUBLICA PENAL DRA MICHELL TATIANA SARMIENTO, DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA


IMPUTADOS: CALDERON ROJAS YOSMAN JESUS, Titular de la cedula de identidad N° V-15.508.341, ARTEAGA GARACIA NELSON VICENTE Titular de la cedula de identidad V-21282.659, ROGENNY AUGUSTO ARTEAGA GARCIA, titular de la cedula de identidad Nº V-23.101.449

En el día de hoy, 23 de septiembre de dos mil doce (2.012), siendo las 12:00 Horas de las tarde, oportunidad fijada por este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control para llevar a cabo la audiencia oral para oír al ciudadanos aprehendidos: CALDERON ROJAS YOSMAN JESUS, Titular de la cedula de identidad N° V-15.508.341 ARTEAGA GARCIA NELSON VICENTE Titular de la cedula de identidad V-21282.659, ROGENNY AUGUSTO ARTEAGA GARCIA, titular de la cedula de identidad Nº V-23.101.449, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 373, en concordancia con el artículo 44, numeral 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, relacionadas con la aprehensión de los ciudadanos CALDERON ROJAS YOSMAN JESUS, Titular de la cedula de identidad N° V-15.508.341, ARTEAGA GARACIA NELSON VICENTE Titular de la cedula de identidad V-21282.659, ROGENNY AUGUSTO ARTEAGA GARCIA, titular de la cedula de identidad Nº V-23.101.449. El ciudadano Juez DR. ÁNGEL RAFAEL BASTARDO, requirió a la secretaria de este Tribunal verificara la presencia de las partes, manifestando que se encuentran presentes la Fiscal 23° del Ministerio Público, DRA. YENNIFER MARIA LIZARDI MARTINEZ la Defensora Pública Penal Dra. MICHELL TATIANA SARMIENTO los imputados: CALDERON ROJAS YOSMAN JESUS, Titular de la cedula de identidad N° V-15.508.341, ARTEAGA GARCIA NELSON VICENTE Titular de la cedula de identidad V-21282.659, ROGENNY AUGUSTO ARTEAGA GARCIA, titular de la cedula de identidad Nº V-23.101.449, previo traslado del Centro de Coordinación Policial de de Independencia Santa Teresa del Tuy. Acto seguido el ciudadano Juez dio inicio al acto cediendo la palabra a la Representación del Ministerio Público presente quien expuso: “de que manera se produjo la detención del ciudadano aprehendido, en fecha 22-09-2012 por funcionarios adscritos a la Policía de Independencia explicando las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que se produjo tal aprehensión. por los hechos que constan en actas es que precalifico los hechos como el delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en los artículos 153 de la Ley Orgánica de Drogas”, por lo que esta representación fiscal solicita para el ciudadano ARTEAGA GARCÍA NELSON VICENTE se le imponga la medida cautelar contenida en el articulo 256 numeral 3, y a los ciudadanos CALDERON ROJAS YOSMAN JESUS Y ROGENNY AUGUSTO ARTEAGA GARCÍA, la libertad plena y sin restricciones. Así mismo solicito se me expida copia de la presente acta Es todo. Oída la exposición de la Representación del Ministerio Público, se le indicó al imputado sobre el hecho que se le atribuye y se le informó sobre sus derechos, contenidos en el artículo 49, numeral 5 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 125 del Código Orgánico Procesal Penal, en atención a las previsiones contenidas en los artículos 130 y 131 del texto penal adjetivo, el cual lo exime de declarar en causa propia, en contra de sí mismo y en contra de sus parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, advirtiéndole de igual forma que su declaración es un medio para su defensa y por consiguiente tiene derecho a explicar todo cuanto sirva para desvirtuar las sospechas que sobre él recae y a solicitar la práctica de diligencias que considere necesarias, de manera que si desean declarar lo harán sin juramento, una vez impuesto del precepto Constitucional y al ser interrogado sobre su voluntad de rendir declaración el ciudadano manifestó su deseo de no rendir declaración, de igual forma se le informo de las formulas alternativas de la prosecución del proceso, seguidamente de conformidad con lo establecido en los artículos 126 y 127 del Código Orgánico Procesal penal, por lo que se le solicita ciudadano sobre su identificación, quienes dijeron ser y llamarse EL PRIMERO DE LOS IMPUTADOS: CALDERON ROJAS YOSMAN JESUS, Titular de la cedula de identidad Nº V-15.508.341, de nacionalidad Venezolana, Natural de Caracas Distrito capital, nacido en fecha 28-08-1979, de 33 años de edad, hijo de : REY CASTILLO CALDERON (V) y IRMA ROJAS (V), residenciado en CONJUNTO RESIDENCIAL CARONI, PLAZ PISO 2, APARTAMENTO 7-C, PUERTO ORDAZ ESTADO BOLIVAR, TELEFONO: 0414-992-0445 (PERSONAL). “SI DESEO DECLARAR”, Expone: “estoy solo de vacaciones por acá con mi familia, me consigo a los señores y les pregunto acerca de un Banco cerca, en eso se me acercan los policías y me dice que yo tenia droga en mi carro, cuando supuestamente estaba ahí, vieron mi laptop, mi chequera, y solamente porque no tenia mas dinero porque me pedían 1000 bolívares fuertes, porque supuestamente la droga estaba en mi carro, todas mis partencias se perdieron, en realidad no tengo mis partencias, es todo”. EL SEGUNDO DE LOS IMPUTADOS: ARTEAGA GARACIA NELSON VICENTE Titular de la cedula de identidad V-21.282.659, de nacionalidad venezolana, natural de Ocumare del Tuy del Estado Miranda, nacido en fecha 11-09-1989, de 23 años de edad, soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de GIL ARTEAGA (V) y YUDITH GARCIA (V), residenciado en: Vía la raiza, Sector Unicentro, Casa Nº 07, Santa Lucia del Tuy del estado Miranda, TELEFONO: 0412-879-6310 (PERSONAL). Manifestó: “NO DESEO DECLARAR”. EL TERCERO DE LOS IMPUTADOS: ROGENNY AUGUSTO ARTEAGA GARCIA, titular de la cedula de identidad Nº V-23.101.449, venezolano, natural de Santa Lucia del Tuy, de estado civil: Soltero, de 19 años de edad, Profesión u Oficio: Albañilería, Hijo de GIL ARTEAGA (V) y YUDITH GARCIA (V), Municipio Paz Castillo, residenciado en: Vía la raiza, Sector Unicentro, Casa Nº 07, Santa Lucia del Tuy del estado Miranda, TELEFONO: (NO POSEE). Manifestó: “NO DESEO DECLARAR”. Acto seguido el Juez le concede el derecho de la palabra al Fiscal del Ministerio Público, a los fines de que pueda realizar las preguntas correspondientes. Seguidamente el Fiscal del Ministerio Público manifestó lo siguiente: “No deseo preguntar, es todo”. Seguidamente el Tribunal cede la palabra a la Defensa Pública Penal, quien manifestó lo siguiente: “No deseo preguntar”; A continuación a la Defensora Publica Penal Dra. MICHELL TATIANA SARMIENTO. Quien expuso lo siguiente: “Vista la exposición del ministerio público, la defensa señala solicito Procedimiento ordinario, y la Libertad plena de los 3 ciudadanos por cuanto no se evidencio quienes portaban la presunta droga, y no hay testigos de la aprehensión” es todo. Acto seguido y oída las exposiciones de las partes, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO SE DECLARA la aprehensión de los ciudadanos: CALDERON ROJAS YOSMAN JESUS, Titular de la cedula de identidad N° V-15.508.341, ARTEAGA GARACIA NELSON VICENTE Titular de la cedula de identidad V-21282.659, ROGENNY AUGUSTO ARTEAGA GARCIA, titular de la cedula de identidad Nº V-23.101.449, como FLAGRANTE de conformidad con lo establecido en el articulo 44 numeral 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en los artículos 153 de la Ley Orgánica de Drogas. SEGUNDO: Este Tribunal acoge la precalificación jurídica dada a los hechos por el delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en los artículos 153 de la Ley Orgánica de Drogas. TERCERO: La representación del Ministerio Público, ha solicitado conforme a lo dispuesto en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, se siga el presente proceso a través del PROCEDIMIENTO ORDINARIO, toda vez que se hace menester la práctica de diligencias, orientadas al total esclarecimiento de los hechos; lo cual comparte este Tribunal y así lo acuerda. CUARTO: Con relación a la Medida de coerción personal se DECRETA la Medida prevista del articulo 256 numeral 3°, al Ciudadano NELSON VICENTE ARTEAGA GARCIA, la cual fue solicitada por el Ministerio publico y por la cual la Defensa no se opuso con presentación durante cinco (05) meses cada treinta (30) días. Por otro lado este Tribunal acuerda la Libertad Plena y sin restricciones de los ciudadanos CALDERON ROJAS YOSMAN JESUS Y ROGENNY AUGUSTO ARTEAGA GARCÍA. QUINTO: Se ordena al imputado NELSON VICENTE ARTEAGA GARCIA que acuda a un centro de rehabilitación con el fin de que sea evaluado y consigne ante el tribunal los resultados de dicha evaluación, en un término de cuarenta y cinco (45) días. SEXTO: Líbrese la respectiva Boleta de Excarcelación a nombre de los imputados de autos. SEPTIMO: Quedan notificadas las partes de lo decidido en la presente audiencia, de conformidad con el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Se declara concluida la presente audiencia. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ TERCERO DE CONTROL,

DR. ÁNGEL RAFAEL BASTARDO


FISCAL (23°) DEL MINISTERIO PÚBLICO,


DRA. YENNIFER MARIA LIZARDI MARTINEZ


DEFENSA PÚBLICA


DRA. MICHELL TATIANA SARMIENTO


LOS IMPUTADOS,



YOSMAN JESUS CALDERON ROJAS







NELSON VICENTE ARTEAGA GARCIA




ROGENNY AUGUSTO ARTEAGA GARCIA,








EL SECRETARIO,


ABG. AURA MARINA CHAVEZ

ASUNTO: MP21-P-2012-016318
ASUNTO FISCAL: