REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO LABORAL


JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques, 12 de ABRIL de 2013.
202° y 154°


De la revisión de las actas procesales se evidencia que este Tribunal mediante auto de fecha 14 de marzo de 2013, fijo la oportunidad para la celebración de la audiencia oral y publica de juicio de conformidad con lo establecido en el artículo 82 de la Ley Orgánica de Jurisdicción Contencioso Administrativa, siendo lo correcto fijar el lapso de treinta (30) días de despacho para dictar sentencia tal y como lo señala el auto de fecha 28 de enero de 2013, este Juzgado deja sin efecto el auto de fecha 14 de marzo de 2013, en consecuencia deja constancia que los treinta (30) días para dictar sentencia contenido en el articulo 86 eiusdem, comenzaron a transcurrir de pleno derecho a partir del día 14 de marzo de 2013, a los fines de evitar alguna violación del debido proceso y el derecho a la defensa, se ordena la publicación del presente auto en la pagina web www.tsj.gov.ve (Región Miranda).




ADOLFO HAMDAN GONZÁLEZ
EL JUEZ SUPERIOR



JAHINY GUEVARA VILLANUEVA
LA SECRETARIA







RN. 0015-11
AHG/JGV.-