JUZGADO DEL MUNICIPIO URDANETA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
CUA, VEINTICUATRO (24) DE ABRIL DE 2013.-
203° y 154°

SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL


EXPEDIENTE N° 1438-11-


JUEZ: Dra. JOSEFINA GUTIERREZ.
IMPUTADO: IDENTIDAD PROTEGIDA.
VICTIMA: LA COLECTIVIDAD.
FISCAL: Abg. MANUEL ORANGEL BERNAL HERRERA. Fiscal Auxiliar 17mo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.


Visto el escrito presentado por el Abg. Manuel Orangel Bernal Herrera, en su carácter de Fiscal Auxiliar 17mo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, mediante el cual solicita el Sobreseimiento Provisional, de conformidad con lo previsto en el artículo 561 literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en la causa seguida al joven adulto IDENTIDAD PROTEGIDA., por la presunta comisión de uno de los delitos de la entonces vigente Ley Orgánica sobre de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, este Tribunal para decidir observa:

PRIMERO
LOS HECHOS

El 12 de septiembre del año 2011, siendo aproximadamente las 12:00 horas de la tarde, los funcionarios policiales Detective Joseph Tirado en compañía de el Detective Hurtado James, adscritos al Instituto Autónomo de Policía del Estado Miranda, con sede en Cúa, momentos cuando se trasladaban por la calle principal del Sector Quebrada de Cúa, lograron avistar a un adolescente con la descripción que indico un denunciante, por lo que procedieron a darle la voz de alto , identificándose como funcionarios policiales, quedando identificado como IDENTIDAD PROTEGIDA, de 14 años, procedieron a realizarle la respectiva inspección corporal, logrando incautarle en la parte interna del bolsillo delantero al adolescente un (01) envase cilíndrico de material sintético de color blanco, con una tapa de color amarillo, contentivo en su interior de cinco (5) envoltorios de material sintético color blanco, atados cada uno por una hebra de hilo color negro y contentivos a su vez cada uno de restos y semillas vegetales de presunta droga, y de igual forma la cantidad de (40) cuarenta bolívares fuetes en papel moneda de aparente curso legal en el país, quedado desglosados de la siguiente manera: dos billetes de diez (10) Bolívares y un billete de veinte (20), por lo que procedieron a imponerlo de sus derechos constitucionales, siendo trasladado a ese Despacho, notificando al Ministerio Público.-

Ahora bien, de la revisión efectuada a las actas que conforman el presente expediente se observa que cursan el ella:

1. Acta policial de aprehensión, de fecha 12-09-2011, suscrita por el funcionario, Detective Gustavo Lugo, adscrito a la Brigada Dos de Investigaciones Valles del Tuy, en la cual dejan constancia de la aprehensión del entonces adolescente IDENTIDAD PROTEGIDA. Folio 3.-

2. Acta de Audiencia Oral de Presentación, efectuada por ante este Juzgado del Municipio Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con Cúa, en la cual se le impuso al entonces adolescente IDENTIDAD PROTEGIDA la medida cautelar prevista en el literal c) de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente vigente para el momento de los hechos. Folios 13, 14 y 15.-

En fecha 18-04-2013, el Fiscal Auxiliar 17° del Ministerio Público, mediante escrito en el cual manifiesta que estima procedente considerar que en el presente caso lo actuado resulta insuficiente y no existiendo la posibilidad inmediata de incorporar nuevos elementos que permitan el ejercicio de la acción, por lo que solicita Sobreseimiento Provisional de la causa de conformidad con lo establecido en el artículo 561 literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.

SEGUNDO
FUNDAMENTO DE DERECHO

Por lo antes expuesto, este Juzgado considera procedente y ajustado a derecho, DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL de la presente causa, conforme a lo establecido en el artículo 561 literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, vigente para el momento de los hechos. ASI SE DECIDE.


TERCERO
DECISIÓN

Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado del Municipio Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Cúa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL DE LA PRESENTE CAUSA, seguida el joven adulto IDENTIDAD PROTEGIDA, por la comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto en el artículo 31 de la Ley Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas vigente para el momento de los hechos, quien para la época en que ocurrieron los hechos, contaba con 14 años de edad, Indocumentado, de conformidad con lo establecido en el artículo 561 literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. ASI SE DECIDE.-

Cúmplase.

Notifíquese a las partes a las partes.

Regístrese, diarícese y déjese copia debidamente certificada por la Secretaria de la presente decisión.

Dada, firmada y sellada en el Juzgado del Municipio Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Cúa a los Veinticuatro (24) días del mes de Abril del año 2013.


La Juez,


Dra. Josefina Gutiérrez


El Secretario Temporal


Abg. Deivy Díaz


En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado en la decisión que antecede.

El Secretario Temporal

Abg. Deivy Díaz

EXP: 1438-11.-
JG/Nga.