REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO CARRIZAL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO CARRIZAL
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Carrizal, 03 de abril de 2013.
202º y 154º
Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor del ciudadano HECTOR RAFAEL NOGUERA CARTAYA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.817.245, sobre las mejoras y bienhechurías, construidas en terreno de propiedad municipal de origen ejidal que tiene un área aproximada de OCHENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y CINCO DECÍMETROS CUADRADOS (87,95 M2), ubicado en la Comunidad Santa Eduvigis, Segunda Terraza, Parcela N° 10, Jurisdicción del Municipio Carrizal, Estado Bolivariano de Miranda, con un área total de construcción aproximadamente de DOSCIENTOS DIECISIETE METROS CUADRADOS CON TREINTA Y SEIS DECÍMETROS CUADRADOS (217,36 M2) según consta de autorización de fecha 20 de marzo de 2013, expedida por la Alcaldía del Municipio Carrizal, Dirección de Catastro; cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud. Devuélvanse en original las presentes actuaciones, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por la abogada, Shelley Girón, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 63.043. Expídase copia certificada de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Déjese constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal.
La Juez Titular,
Dra. Liliana A. González G.
La Secretaria,
Abg. Beyram Díaz Martínez
Nota: En esta misma fecha se devuelve la presente solicitud constante de nueve (09) folios útiles.
La Secretaria,
Abg. Beyram Díaz Martínez
LAGG / BDM.-
OO / S-2500-13
Quien suscribe, ABG. BEYRAM DÍAZ RODRÍGUEZ, Secretaria Titular del Juzgado del Municipio Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda. CERTIFICA: Que el fotostato que antecede, es traslado fiel y exacto de su original que corre inserto en el expediente Nº S-2500-13, contentivo de la solicitud de Título Supletorio, presentada por el ciudadano HECTOR RAFAEL NOGUERA CARTAYA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.817.245. La presente certificación fue autorizada por la ciudadana Juez Titular, y se expide de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, en Carrizal al tercer (03) día del mes de marzo de dos mil trece (2013). Años: 202º y 154º.-
LA SECRETARIA,
ABG. BEYRAM DÍAZ RODRÍGUEZ
BDM
OO / S-2500-13