REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO CARRIZAL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL




JUZGADO DEL MUNICIPIO CARRIZAL DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO
BOLIVARIANO DE MIRANDA
Carrizal, 30 de abril de 2013
203º y 154º

Vistas las actuaciones que anteceden, así como los documentos producidos junto con la solicitud, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA dichas actuaciones JUSTIFICATIVO SUFICIENTE para asegurar los derechos que tiene la ciudadana HARIANI DEL CARMEN MORENO REYES, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. V-12.174.984, como ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA de la de cujus, OFELIA GRACIELA REYES RAVELO, quien falleció en el Municipio Carrizal del Estado Bolivariano de Miranda en fecha 10 de marzo de 2013, según consta en acta de defunción N° 39, folio 39 del año 2013, de los Libros de Registro Civil de Defunción llevados por el Registrador Civil del Municipio Carrizal del Estado Bolivariano de Miranda. Devuélvase todo lo actuado a la parte interesada, incluyendo la solicitud, la cual precede redactada por la Abogada en ejercicio Faviola Peña, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 88.148. Expídase copia certificada de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil Déjese constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal.
La Juez Titular,


Dra. Liliana A. González G
La Secretaria,

Abg. Beyram Díaz Martínez
Nota: En esta misma fecha se devuelve la presente solicitud constante de nueve (09) folios útiles.
La Secretaria,

Abg. Beyram Díaz Martínez



LAGG / BDM
cris / S-2512-13
Quien suscribe, BEYRAM DIAZ MARTÌNEZ, Secretaria Titular del Juzgado del Municipio Autónomo Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, CERTIFICA: La copia que antecede es traslado fiel y exacto del original que corre inserto al folio 09 del expediente No: S-2512-13, con motivo de solicitud de justificativo de Únicos y Universales Herederos, interpuesto por la ciudadana HARIANI DEL CARMEN MORENO REYES, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. V-12.174.984. Dicha certificación se hace de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Carrizal, a los treinta (30) días del mes de abril del año dos mil trece (2013).- Años 203º y 154º.
LA SECRETARIA,

ABG. BEYRAM DÌAZ MARTÌNEZ






Cris/S-2512-13
BDM *.-