REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


JUZGADO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA


San Antonio de Los Altos, 10 de abril de 2013

202° y 154°



Vistas la solicitud y documentación presentadas por el ciudadano Luis Eduardo López Montilla, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad NRO 9.366.469, y evacuadas como han sido las declaraciones de los testigos presentados por el solicitante; este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y conforme a la Resolución N° 2009-0006 emanada del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.152, de fecha 2 de abril de 2009; DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano LUIS EDUARDO LÓPEZ MONTILLA, sobre las mejoras y bienhechurías constituidas por una casa con un área total de construcción de aproximadamente CIENTO VEINTIDÓS METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y SEIS CENTÌMETROS CUADRADOS (122,46 Mtrs2). Que en la presente declaró el solicitante haber construido sobre una porción de terreno denominado “LA MONTAÑITA”, ubicado en la Avenida Circunvalación, Urbanización Industrial Las Minas, Sector La Montañita, Jurisdicción del Municipio Los Salias del estado Bolivariano de Miranda, que le pertenece a los ciudadanos Olga Josefina Román Pérez y Ana Isabel Quevedo Contreras, venezolanos, mayores de edad, de estado civil solteras, y titulares de las Cédulas de Identidad NROS 14.556.163 y 6.097.212 respectivamente, según consta de documento debidamente Protocolizado ante la Oficina Subalterna de Registro del Municipio Autónomo Los Salias del estado Bolivariano de Miranda, en fecha treinta (30) de noviembre del año dos mil once (2011), quedando inscrito bajo el Nº 2011.582, Asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el Nº 232.13.13.1.2641 y correspondiente al Libro de Folio Real del año 2011; cuyos linderos y medidas constan en autos. Que la referida porción de terreno tiene una superficie aproximada de DOS MIL NOVENTA Y SEIS METROS CUADRADOS (2096,00 Mts2), y se encuentra aforada por la Dirección de Catastro Municipal de la Alcaldía del Municipio Los Salias del estado Miranda bajo el Nº 0011459.
Asimismo, los ciudadanos Olga Josefina Román Pérez y Ana Isabel Quevedo Contreras, antes identificados, en su carácter de legítimos propietarios de la referida porción de terreno, manifestaron ante la Secretaría de este Despacho haber autorizado al solicitante a la construcción de la bienhechuría descrita; todo lo cual consta con sus firmas a continuación del escrito de solicitud.

Devuélvase al solicitante en original, todas las actuaciones que conforman la presente solicitud.

Déjese copia certificada del presente Decreto, y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.

LA JUEZA TITULAR

EL SECRETARIO
LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ

MAIKEL MEZONES IBÁÑEZ







Se deja constancia de que en esta misma fecha se dio cumplimiento con lo ordenado anteriormente.

EL SECRETARIO








Expediente Nº: S-2013-036
LCH / MMI / jge