REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO










REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO
GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Los Teques, 05 de Abril de 2013
202° y 154°

Revisadas como han sido las actuaciones que integran la presente solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadano ALFREDO TORRES LOPEZ, colombiano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. E-81.285.766, debidamente asistidos por el abogado RAUL ALVAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 61.368, éste Tribunal observa: El solicitante manifiesta en su escrito de solicitud que adquirió un lote de terreno durante la vigencia de su matrimonio con la ciudadana NANCY MENDOZA DE TORRES, titular de la cedula de identidad N° 25.716.036 que esta ubicado en lugar denominado Las Guamas, San Pedro de Los Altos, Los Teques, Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, de igual forma se evidencia que el solicitante no presento ante este despacho la partición de bienes respectiva, no pudiendo el tribunal establecer si el lote de terreno en mención, pertenece al solicitante o a la ciudadana NANCY MENDOZA. En consecuencia, este órgano jurisdiccional niega la solicitud de Título Supletorio presentada por el ciudadano ALFREDO TORRES LOPEZ, plenamente identificado.-
EL JUEZ TEMPORAL


DR. JOHN JOSÉ PÉREZ GONZÁLEZ
LA SECRETARIA


ABG. ANA GONZALEZ

S- Nº 2588/2013
JJPG/ag/dcpc.-






Quien Suscribe, ABG. ANA GONZALEZ, secretaria del JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CERTIFICA: Que la copia que antecede es copias fiel y exacta de los originales del auto de fecha 05/04/2013, que corren insertas en el expediente signado con el N° 2588/2013, nomenclatura de este órgano jurisdiccional. Certificación que se hace de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Los Teques, 05 de Abril de 2013. Años 202° y 154°.-

LA SECRETARIA


ABG. ANA GONZALEZ