REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

JUZGADO QUINTO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL NUEVO REGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN LOS TEQUES.

EXPEDIENTE N° 3542-13
Los Teques 9 de abril de 2013.
202° y 154°

PARTE ACTORA: FELIPE ALBERTO ZARRAGA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad V-17.442.269.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: Abogado GERMÁN LUIS CORONADO GONZÁLEZ titular de la Cédula de Identidad V-5.703.899, e inscrito en el Inpreabogado Nº 54.566.
PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil INVERSIONES ROBIRAS VELOSO C.A., inscrita por ante el registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda en fecha 19 de septiembre de 1984, bajo el Nº 96, Tomo 46 A-Pro.
REPRESENTACIÓN DE LA PARTE DEMANDADA: Abogados OVIDIO PÉREZ PRADA e IDELFONSO JOSÉ ARAUJO inscritos en el Inpreabogado bajo los Números Nº 23.241 y 31.283 respectivamente.
MOTIVO: ACCIDENTE LABORAL

ACTA

AUDIENCIA PRELIMINAR DE APERTURA
DESISTIMIENTO

En horas de despacho del día de hoy, 9 de abril de 2013, siendo las 9:00 a.m., oportunidad fijada por el Tribunal para que tenga lugar la apertura de la AUDIENCIA PRELIMINAR, en el presente procedimiento contentivo de la acción por accidente laboral interpuesta por el ciudadano FELIPE ALBERTO ZARRAGA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad V-17.442.269, contra la Sociedad Mercantil INVERSIONES ROBIRAS VELOSO C.A., inscrita por ante la oficina de Registro Mercantil Primero

de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda en fecha 19 de septiembre de 1984, bajo el Nº 96, Tomo 46 A-Pro.. se anunció el acto a las puertas del Tribunal compareciendo el abogado OVIDIO PÉREZ PRADA, titular de la Cedula de Identidad V- 3.737.915 e inscrito en el Inpreabogado Nº 23.241. Acto seguido, iniciada la audiencia, la Juez deja expresa constancia de la incomparecencia del demandante o de su representante judicial al acto de apertura de la Audiencia Preliminar. En este estado la representación judicial de la accionada abogado OVIDIO PÉREZ PRADA expone: En vista de la no comparecencia de la parte actora ni de su apoderado a este acto de la Audiencia Preliminar, pido al Tribunal con todo acatamiento, que decrete el Desistimiento del Procedimiento de conformidad con el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, e igualmente, en este mismo acto desisto de la solicitud de Regulación de Jurisdicción pedida en fecha 4 de abril de 2013. Es Todo.- Oída la manifestación del representante judicial de la accionada, y vista la incomparecencia del actor o de representante alguno al acto de inicio de la Audiencia Prelimina,r de conformidad con lo preceptuado en el artículo 130 de a Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Los Teques, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara DESISTIDO EL PRESENTE PROCEDIMIENTO, TERMINADO EL PROCESO, Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA. Ahora bien, en relación al desistimiento manifestado por la representación empresarial en cuanto a la Regulación de la Jurisdicción solicitada en fecha 4 de abril de 2013, este Juzgado homologa dicho desistimiento, y en consecuencia no tiene nada sobre lo cual pronunciarse en relación a dicho pedimento. Se solicita a la Secretaria del Juzgado expedir copia certificada de la presente acta tal como lo preceptúa el artículo 22 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Es todo terminó y conformes firman.-

PUBLÍQUESE REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISIÓN EN LAS ACTAS DEL EXPEDIENTE Y PUBLÍQUESE EN EL SITIO WEB DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA EN EL ESPACIO REGIONES, SECCIÓN MIRANDA.

Dictada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, en Los Teques, a los nueve (09) días del mes de abril de dos mil trece ( 2013). Años 202° de la Independencia y 154° de la Federación. Es todo terminó y conformes firman.-

JASMINE MORELLA GARCIA
LA JUEZ

REPRESENTACIÓN JUDICIAL DE LA ACCIONADA


GINA FLORES
LA SECRETARIA

Nota: En la misma fecha de hoy 09 de abril 2013, se publicó y registró esta decisión previo cumplimiento de los requisitos de Ley.

LA SECRETARIA

EXP.3542-13
JMG./ GF.