En fecha 30 de enero del año 2013, se dio inicio al Juicio Oral y Público en la presente causa, seguida en contra del ciudadano: GONZALEZ HERRERA DANIEL ALFONSO, nacionalidad venezolana, natural de Caracas, nacido el 13-08-1990, de 22 años, titular de la Cédula de Identidad Nº V.23.194.913, de profesión u oficio ayudante del metro, hija de carmen Gonzalez (v) y labastidas de Herrera (v), Residenciado en: Urbanización 27 de febrero, edificio 49, piso 3, apto. 0303, Municipio Plaza del estado Miranda, teléfono: 0414-293-56-51, por la presunta comisión del delito de: TRÁFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTACION, tipificado en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, y se fijó su continuación para el día 07 de febrero del 2013.

En fecha 07-02-2013, no se constituyo el Tribunal, por cuanto no compareció la defensa privada ni comparecieron órganos de prueba fijando su continuidad para el día 21-02-2013.

En fecha 21-02-2013, se constituyo el Tribunal, fijando su continuidad para el día 07-03-2013.

En fecha 07-03-2013, no se constituyo el Tribunal, por cuanto no hubo despacho en virtud de los hechos acontecidos en el país, fijando su continuidad para el día 18-03-2013.

En fecha 18-03-2013, no se constituyo el Tribunal, por cuanto no compareció el acusado ni órganos de prueba, fijando su continuidad para el día 25-03-2013.

En fecha 25-03-2013, no se constituyo el Tribunal, por cuanto no compareció la defensa privada ni el acusado fijando su continuidad para el día 01-04-2013.

En fecha 01-04-2013, no se constituyo el Tribunal, por cuanto no compareció la defensa privada ni el acusado fijando su continuidad para el día 01-04-2013. (Décimo sexto día de despacho siguiente).

Ahora bien de conformidad a lo previsto en el artículo 320 del Código Orgánico Procesal Penal. Así tenemos que de acuerdo al principio de concentración los Jueces deben continuar con los Juicios suspendidos dentro de un lapso no mayor de 16 días. Así tenemos que en la presente causa, ha operado LA INTERRUPCION DEL DEBATE ORAL Y PÚBLICO.

En virtud de lo antes expuesto y conforme a lo establecido en los artículos 26 y 257 de la Constitución de La República Bolivariana de Venezuela, El Tribunal Declara INTERRUMPIDO EL DEBATE, en la presente causa, en consecuencia se Repone la misma al estado de fijar nueva fecha para la realización del Juicio Oral y Público pero en virtud de la incomparecencia injustificada por parte del acusado se acuerda librar orden de captura. Y ASÍ SE DECIDE.

PARTE DISPOSITIVA

Este Tribunal Primero en Funciones de Juicio actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le concede la Ley DECLARA INTERRUMPIDO EL DEBATE DEL JUICIO ORAL en la presente causa, signada con el Nro. 1U812-11, en contra del ciudadano: GONZALEZ HERRERA DANIEL ALFONSO, nacionalidad venezolana, natural de Caracas, nacido el 13-08-1990, de 22 años, titular de la Cédula de Identidad Nº V.23.194.913, de profesión u oficio ayudante del metro, hija de carmen Gonzalez (v) y labastidas de Herrera (v), Residenciado en: Urbanización 27 de febrero, edificio 49, piso 3, apto. 0303, Municipio Plaza del estado Miranda, teléfono: 0414-293-56-51, por la presunta comisión del delito de: TRÁFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTACION, tipificado en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas. En consecuencia se repone la causa al estado del inicio del Juicio Oral pero en vista de la incomparecencia de parte del acusado aun cuando debidamente notificado se acuerda librar orden de captura. Notifíquese a las partes, Diarícese. En Guarenas, primero (01) del mes de abril de dos mil trece (2013). Años: 202° de la Independencia y 153° de la Federación.
ABG. FRANCISCO JAVIER LARA

JUEZ PRIMERO EN FUNCIONES DE JUICIO


ABG. ELIZABETH REYES

LA SECRETARIA

Se hace constar que en esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.


ABG. ELIZABETH REYES

LA SECRETARIA


1U812-11