CAUSA No. 1JU-607-13
JUEZ PROFESIONAL: DR. CARLOS DAVID MARTINEZ MORA.
SECRETARIA: DRA. CRISTINA COELHO.
FISCAL: ANA OLIVIER, Fiscal DEL Ministerio Público Nº 18.
ACUSADO: IDENTIDAD OMITIDA
VÍCTIMA: IDENTIDAD OMITIDA
DEFENSA: DRA. CARMEN MORALES, DEFENSORA PÚBLICA.
Corresponde a este Tribunal en Funciones de Juicio, visto el debate oral y privado seguido en contra del acusado IDENTIDAD OMITIDAS, conforme lo estipula el artículo 604 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, redactar la correspondiente sentencia en los siguientes términos:
CAPITULO I
ENUNCIACIÓN DE LOS HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS
OBJETO DEL PRESENTE JUICIO
Se inició el presente asunto penal en fecha 26 de marzo de 2012, cuando la ciudadana MARLUIS DEL CISNE VIVIANCO DE BOLET, comparece ante la sede del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Guarenas, con la finalidad de formular denuncia en contra del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por cuanto hace aproximadamente dos (02) meses el adolescente imputado, toca a su hija IDENTIDAD OMITIDA en sus partes íntimas, siendo que el viernes 23-03º-12, la presionó para que le dijera exactamente lo que estaba pasando con IDENTIDAD OMITIDA, porque ella manifestaba no querer verlo y lo odiaba, manifestándole la niña que IDENTIDAD OMITIDA le enseñaba sus partes íntimas y un día le bajo la pantaleta y le metió el pene por el trasero, manifestándole que no le decía nada porque él la amenazaba; por lo que funcionarios adscritos a ese Cuerpo de Investigaciones, en esa misma fecha se trasladaron hasta la residencia del adolescente denunciado, donde fueron atendidos por la ciudadana MARGARITA ISABEL FAJARDO DE CASTRO, quien les manifestó que el adolescente no se encontraba, pero que comparecerían al día siguiente junto con el adolescente.
Cursa al folio 08 y Vto de la Pieza I, el acta policial, de fecha 17-03-2013, suscrita por funcionarios adscritos a la Sub Delegación Estadal Guarenas del Cuerpo de Investigaciones Cientificas Penales y Criminalisticas, mediante el cual se dejo constancia de la aprehensión del adolescente IDENTIDAD OMITIDA.
Se evidencia cursante a los folios 14 al 20 de la Pieza I, el acta mediante la cual se plasma la celebración del acto de audiencia de presentación celebrada al encausado IDENTIDAD OMITIDA, ante el Juzgado número uno (01) en Funciones de Control de esta misma Jurisdicción y Competencia.
En fecha 10 de Diciembre de 2.012, la Oficina Fiscal Décima Octava (18) del Ministerio Público con Competencia en Responsabilidad Penal del Adolescente, representada por la Abogado Mariell Padrón, presentó FORMAL ACUSACION en contra del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por la presunta comisión del delito de ABUSO SEXUAL A NIÑA, previsto y sancionado en el artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, perpetrado en perjuicio de la niña IDENTIDAD OMITIDA.
En fecha 29 de Enero de 2.013, se llevo a cabo el acto de la Audiencia Preliminar en la presente causa, donde se Admitió Totalmente el Escrito Acusatorio interpuesto por la Representación Fiscal Décima Octava (18) del Ministerio Público, en contra del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por la presunta comisión del delito de ABUSO SEXUAL A NIÑA, previsto y sancionado en el artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente. Así mismo se admiten totalmente las pruebas presentadas por la Representante del Ministerio Público, se ordena el enjuiciamiento del adolescente y se acuerda la remisión de las actuaciones a un Tribunal de Juicio.
En fecha 08 de Febrero de 2.013, se reciben provenientes del Juzgado en mención, la presente causa, se ordena darle entrada, correspondiéndole el No. 1-J-607-13.
Inserto al folio 62 de la presente Pieza, se observa el auto de abocamiento de quien suscribe el presente fallo a la causa bajo estudio.
Se evidencia cursante a los folios 64-72 de la Pieza I, la apertura del debate en el Juicio Oral y Privado, de conformidad con lo previsto en los artículos 585 y 593 ambos de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en la causa seguida en contra del acusado: IDENTIDAD OMITIDA. Se constituyo el Tribunal en la Sala de Juicio, por el Juez Profesional Dr. CARLOS MARTINEZ MORA, la Secretaria DRA. CRISTINA COELHO, y el ciudadano Alguacil, igualmente las partes, la ciudadana representante Fiscal 18º del Ministerio Público, ABG. Ana Olivier, el acusado IDENTIDAD OMITIDA, debidamente asistido por la Defensora Pública, DRA. CARMEN MORALES. En esta ocasión la representante del Ministerio Público ratificó la acusación en contra del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, acusación que se realizara en virtud de los hechos ocurridos en fecha 26 de Marzo de 2013, y en virtud de incomparecencia de los expertos, se procedió a alterar el orden de recepción de la pruebas de conformidad con lo establecido en el artículo 597 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescentes, y se procedió a evacuar el testimonio de las ciudadanas ROJAS MEJIAS ESTHER GABRIELA y FAJARDO DE CASTRO MARGARITA ISABEL, quienes previa juramentación se les impuso del contenido de los artículos 329 del Código Orgánico Procesal Penal y artículo 242 del Código Penal. Una vez concluidos los testimonios y en vista de que no se encontraban otros órganos de prueba se acordó continuar el acto el día 11 de Abril de 2013.
Se observa a los folios 79 al 87 de la pieza I, el Acta de Continuación del Debate del Juicio Oral y Privado, de fecha 11-04-13, en el cual se dejo constancia de la recepción del testimonio de la niña IDENTIDAD OMITIDA, en su condición de víctima, quien no fue juramentada en virtud de su edad, seguidamente y una vez impuesta del contenido de los artículos 329 del Código Orgánico Procesal Penal y artículo 242 del Código Penal se recibió en sala el testimonio de la ciudadana MARLUIS VIVANCO, finalmente en este mismo acto compareció la ciudadana TOVAR GONZALEZ ANA CRISTINA, como testigo calificado, al ser una profesional en la materia de psicología específicamente el área escolar. Una vez concluido el testimonio y en vista de que no se encontraban otros órganos de prueba se acordó continuar el acto el día 22 de Abril de 2013.
En esta data 22-04-13, se procedió a evacuar el testimonio de la ciudadana CECILIA DE ANDRADE GONCALVES, en su condición de médico forense, y del ciudadano LEINIS RAMON MARTINEZ, funcionario adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas quienes fueron impuestos del contenido de los artículos 329 del Código Orgánico Procesal Penal y artículo 242 del Código Penal.
Una vez concluido el testimonio de los órganos de pruebas admitidos se incorporo por su lectura las siguientes documentales
1) Acta Inspección Técnica Policial, de fecha 26/03/12, realizada por los funcionarios Maholys Rodríguez y Marcos Guzmán, adscritos a la Subdelegación Guarenas del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, al sitio de los hechos.
2) Experticia de Reconocimiento Médico Legal, Nº 9700-129-345, de fecha 28/03/2013, realizada por el funcionario Experto profesional I Dr. José Luis Alarcon, adscrito a la Subdelegación Guarenas del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, a la víctima de este proceso judicial.
3) Informe Psicológico practicada por la DRA. Ana Tovar Medico Psicólogo Escolar adscrita a la Corporación de Salud La Encarnación.
II
RESULTADO DEL DEBATE
Durante el desarrollo del debate, se recepcionaron en el presente orden los siguientes órganos de pruebas a detalle:
En la oportunidad fijada para la continuación de juicio se altera el orden de las pruebas y se incorporan por su lectura, las siguientes pruebas documentales:
En primer término comparece la ciudadana ROJAS MEJIAS ESTHER GABRIELA, en calidad de testigo, quien expuso: “a mí me llamaron a declarar a la fiscalía porque yo siempre estoy en la casa con ellos, ya que todos trabajan, ese día yo subí yo siempre subí y bajo, el estaba jugando papagayo y la niña dibujando, me dijo que viera lo que estaba dibujando y baje, ese día la niña no tenia clase, ellos casi nunca coincidían po0rque ella estudia en la manan y él en la tarde, cuando la mama de la niña llega y me llama y llorando me dijo que IDENTIDAD OMITIDA había tratado de abusar de ella, y a mí me pareció raro porque la niña nunca me hizo mirada rara ni nada, la niña estaba en el cuarto y cuando ella salía a enseñarme lo que la mama le había comprado la mama se calla, eso si me pareció rara, yo tengo dos hijas hembras y él me las ha cuidado, y no he visto comportamiento raro entre mis hijas y el. Es todo”. A preguntas del Ministerio Público señaló lo siguiente: “la casa tiene tres plantas él vive en el medio y la niña arriba. La casa tiene una sola entrada la única puerta que tiene aparte es la mía que es la primera, la del 1 se puede comunicar arriba y viceversa. Del porche se ve quien sube quien entra y quién sale. Como todo niño a veces se la llevaban bien y a veces no. Ese día si estaban solos el jugando papagayo y ella dibujando. La fecha exacta no sé, pero sí recuerdo era viernes porque ella se iba con su papa. Ese día estaba yo la niña y él en la casa, porque todos trabajan todo el día. La señora margarita estaba trabajando ella trabaja de miércoles a viernes. La mama estaba preocupada porque la niña decía que la niña dijo que la había tocado pero no dijo dónde. Yo no he visto más a la niña después de ese día. Mi suegra la crio a ella a la mama de la niña, para ella mi esposo es su hermano y su hija nuestra sobrina. Nunca había problemas con nosotros. Ella tenía problemas con su pareja pero ella venia era con nosotros. Ella se fue de la casa porque se separo de su esposo y mi suegra le dijo que se viniera al tercer piso, y ella siempre últimamente se arreglaba, pienso0 que se quería reconciliar con su esposo. Ese mismo día que hablo conmigo se fue y después fue a buscar sus cosas. Es todo”. A preguntas de la defensa manifestó lo siguiente: “ella tenía más de un año viviendo allí. Y ese único día fue que pregunto si había algo raro entre los niños del resto no. Mis hijas tienen van para 3 y la otra para 2 y tengo un hijo de 6, y nunca han tenido problemas. Yo vivo abajo y IDENTIDAD OMITIDA en el medio. IDENTIDAD OMITIDA estaba con un papagayo, y la niña salió fue del cuarto con el dibujo; eso ahí es un cuarto y afuera como un balcón pero no tiene ventana ni nada no hay protección. La niña tenía sus juguetes y tv y sus películas. El se la pasaba en la calle jugando futbolito o salía a volar papagayo. La niña estaba tranquila cuando yo subí, se estaba riendo y todo emocionada porque había hecho un dibujo. IDENTIDAD OMITIDA se fue como al medio día porque tenia clase. Y la niña se quedo arriba tranquila. La policía fue a mi casa cuando me llevaron la citación, ellos nunca fueron a la casa. Tengo entendido que al día siguiente ella puso denuncia en ptj ya se había ido de la casa. Cuando lo citaron fue mi suegra y ella dijo que si lo llevaba no lo dejaban detenido y cuando fue lo dejaron detenido. No he tenido más contacto con la mama de la niña. La policía nunca fue a la casa hacer inspección. Del porche se ve las escaleras para subir a donde mi suegra. El con mis hijas nunca demostraron miedo en su presencia ni nada Es todo”. A preguntas del Tribunal manifestó lo siguiente: “cuando yo subo la casa ellos estaban solos, la niña estaba en el cuarto y el hacia el balcón, la niña salió del cuarto cuando yo subí. De donde él estaba se ve hacia la vereda. Es todo”.”
Seguidamente, compareció la ciudadana FAJARDO DE CASTRO MARGARITA ISABEL, quien expuso: “hay un problema entre mis dos nietos, y la muchacha que puso a mi nieto en este problema yo la cuide, cuando ella tenía problemas con su marido ella fue para mi casa y le dije que podía vivir en el último piso. Ya hace un año a ella la note mal como rara se quería ir de la casa porque quería volver con su esposo. Ella se va de la casa el día que hablo con mi nuera que se iba porque IDENTIDAD OMITIDA le estaba tocando las partes íntimas de la niña, ella nunca fue hablar conmigo ni nada. Ya tengo un año en este problema viniendo para acá, todo lo que ella ha venido diciendo es mentira, yo quisiera que ella hablara conmigo y me dijera la verdad y que si se quería ir se fuera con su marido y no inventar esto. Es todo”. A preguntas del Ministerio Público señaló lo siguiente: “ella tiene su casa, un amigo de nosotros le prestó su carro para que sacara sus cosas, la hermana de ella me dijo que ella está sola con la niña. Yo se que se fue con él, porque vi cuando le dio cierta cantidad de dinero para que ayudara. Con la mama de la niña me la llevaba súper bien y con la niña ni hablar me decía abuelita y siempre salía conmigo. Yo me entero cuando Esther me cuenta que el viernes maría le dijo que IDENTIDAD OMITIDA la había tocado, y se fue. Pero cuando están hablando con ella la niña sale y maría dice cállate para que la niña no sepa que te dije, no estaba rara ni nada. La niña estudiaba de 7 a 11:30 de la mañana, cuando IDENTIDAD OMITIDA salía para el liceo la niña llegaba, y justamente ese día que la niña no fue al colegio paso eso. La casa es de 3 plantas, es grande 5mt de frente por 12mt de largo. Hay vivimos yo y mi hijo con su esposa, y como ella no tenía a donde ir, y le hice un cuartico. Ellos no jugaban porque la edad era distinta y es niña y niño. La niña se quedaba con él a veces y yo estaba también cuando no trabajaba. Yo no puedo asegurar si ellos se han quedado solos. IDENTIDAD OMITIDA estaba como celoso con la niña, cuando ella llegaba a la casa el me decía que le dijera que se fuera para su casa, pero se la llevaban normal. Es todo”. A preguntas de la defensa manifestó lo siguiente: “ella tenía un año viviendo ahí conmigo y se fue a su casa donde vivía antes. La familia del marido vive cerca de donde está su casa y ella quería irse de allí. María con IDENTIDAD OMITIDA se la llevaba bien. Nunca vi actitud rara de la niña hacia IDENTIDAD OMITIDA. Eso pasa el viernes y ya el martes llega la citación. A los 8 días que se va es que fue a buscar sus corotos, yo le cambie la cerradura de la casa y cuando ella llega el viernes y le pidió a mi hijo que le abriera para sacar sus cosas, si no va cuando yo este es porque no me quiere ver. Ese día estaba Esther con las niñas nada más. Yo he tenido comunicación es con la hermana de maría, y cuando se da cuenta que es mentira ella me llama que quería hablar conmigo, yo fui con miedo, al llegar me abrazo y me pidió disculpas porque todo era mentira. Ella me dice que estaba brava con maría porque la niña dijo que había hablado con su abuelita y es mentira yo no he hablado con ella. La niña se quedaba el fin de semana con el papa. El padre de la niña que yo sepa no ha manifestado nada. Ellos se trataban normales como todo muchacho. Es todo”. A preguntas del Tribunal manifestó lo siguiente: “Niurka Montalbán es la hermana de maría la mama de la niña. Es Todo.-”
El tercer testigo en deponer fue la niña víctima de este asunto penal IDENTIDAD OMITIDA, no sin antes ordenar la salida del procesado a petición del ente fiscal, actuando este despacho en consonancia a lo preceptuado en el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, quien expuso: “ese día yo estaba viendo comiquita y dibujando, el siempre me decía para hacer ociosidades pero yo le decía a el que no me gustaban esos juegos. Nosotros estábamos solitos porque mi mama trabaja y mi abuelita también, el me amenazaba con contarle a mi mama que yo botaba la comida. Es todo”. A preguntas del Ministerio Público señaló lo siguiente: “le comente eso primero a mi mama. El me toco mi parte intima y a veces me quitaba el short y yo ese día me lo subí y me fui contra la pared. Lo vi sin short una vez, con su interior. El me amenazaba que si yo no jugaba con él, él le iba a decir a mi mama que yo botaba la comida por la parte de atrás de la casa. Es todo”. A preguntas de la defensa manifestó lo siguiente: “yo no jugaba con él porque a mí no me gustaban esos juegos. El no me prestaba el papagayo, yo jugaba con mis cosas y dibujaba. Yo tenía 7 años cuando paso eso, ya tengo 8. Yo le comenté a mi mama lo que él me hacía, le conté porque yo me quería ir de ahí. Ella me dijo si yo hacia esas cosas con él y yo dije que no. Yo me quería ir de la casa. Yo a veces estaba con mi abuelita y la ayudaba a limpiar porque a mí me gusta el cepillo con el agua. Yo entraba en el colegio en la mañana y IDENTIDAD OMITIDA creo que si estudiaba en la mañana, él se iba primero que yo. Yo me la pasaba solita y el subía a volar papagayo a veces. IDENTIDAD OMITIDA es mi primo. Yo me quería ir de ahí porque mi abuela siempre trabaja, y cuando ella hacia torta él se apoyaba de la pared y me pegaba. Es todo. A preguntas del Tribunal manifestó lo siguiente: “yo le conté a mi mama porque yo me quería ir de ahí. Mi mama me preguntaba que si yo le hacía cosas a el y yo le dije que no que él era el que me lo hacía a mí. El que me lo hacía era IDENTIDAD OMITIDA, el es mi primo, el está ahí afuera. Es Todo.”
El cuarto testigo en deponer fue la ciudadana: MARLUIS VIVANCO, quien expuso: “yo trabajaba en movistar como operadora, y yo vivía en la casa de una tía política mía, yo vivía ahí con mi hija, mi hija de ocho años estudiaba cerca y vivía ahí, ella pasaba todo el día sola después que llegaba del colegio, el mencionado joven viene siendo primo sobrino, ese día ella me manda un mensaje, y me dice mami IDENTIDAD OMITIDA me pego, estaban peleando, ella en varias oportunidades me había dicho que lo odiaba, con cara de rabia, yo le decía que eso es malo y que porque hablaba así, me dice que lo odia, pensé que de repente era porque él le mandaba hacer algo o buscar algo, ella me manda un mensaje porque tenía un teléfono que yo le había comprado, y en la mañana me dice mami IDENTIDAD OMITIDA me pego, yo le dije pero que le hiciste y ella no contesto, en la hora de almuerzo la llamo no contesto, al rato me mando un mensaje, pero automáticamente me di cuenta que esa no era ella, por la forma, en que estaba escrito, ya que ella no escribía de la forma en que llego el mensaje, y dijo ya mama ya solucione mi inconveniente con IDENTIDAD OMITIDA. Cuando termine de trabajar me fui para la casa, cuando llegue ella estaba dormida recién bañada, la desperté y le pregunte que le paso con IDENTIDAD OMITIDA; él no estaba cuando yo llegue a la casa, se puso algo apenada y me dijo que IDENTIDAD OMITIDA estaba haciendo ociosidad conmigo, le dije que me explicara, que él le hizo o que él la había visto a ella haciendo ociosidad, me asombre muchísimo no lo imagine de él, en varias oportunidades el papa me decía pendiente con la niña y ese carajito. Ella me dijo que él le hacía ociosidad a cada rato y que si ella decía algo él me iba a decir que ella botaba la comida por la parte de atrás de la casa, y que a ella le gustaba un niño llamado Gabriel. Ella me dijo que él intento meterme su pipi por mi ano, y eso a mí me dio de todo y en ese momento yo lo que hago es llamar a Isabel, yo estoy consciente que no debí dejar a mi hija sola; le conté a Isabel lo que ella me había dicho, le pregunte a ella como la vi bañada si ellos se habían bañado juntos, me dijo que no Ese mismo día me fui de la casa, y le dije a Esther que ahí saben que cuando él dice que no hizo algo es no y no y la gente le cree, ella no puede inventar eso, es una niña. Ese día no puse la denuncia porque yo hable con mi hermano para que habláramos, ella me decía que el la tocaba con ropa en la totona y se movía ahí, poco a poco ella me fue diciendo porque la psicóloga me dijo que no la presionara porque le podía afectar a ella. Cuadramos para llevar a IDENTIDAD OMITIDA a un negocio que ella tiene en Guatire para hablar lo que había pasado, pero él nunca fue. Yo no le había dicho nada al papa de la niña porque le iba a dar la razón porque el siempre me decía que estuviera pendiente. Como él no fue me dijeron que yo tomara las medidas que yo veía convenientes, me fui a cicpc a poner la denuncia el día 25, y dije lo mismo que la niña me dijo. La lleve a mi ginecóloga, y me dijo que me quedara tranquila que la niña estaba bien. En ptj dije lo que ella me dijo que él había intentado penetrarla por delante. La niña me dijo que no quiere ver a ninguno de ellos ni en pintura. Cuando ella estudiaba en el primer lapso era excelente, yo no trabajaba, pero cuando empecé a trabajar, su conducta ya era agresiva. La niña me decía que él le tocaba sus partes con las partes de él. Si hay niños que inventan es verdad, pero este no creo que sea el caso con algo así no creo que este inventando. Es todo”. A preguntas del Ministerio Público señaló lo siguiente: “yo me entero el 23 de marzo. Me entero de eso por medio de la niña. Ella me dijo IDENTIDAD OMITIDA estaba haciendo ociosidades conmigo. Ella entendía por ociosidades que era que las personas hacían el amor de tener relaciones sexuales, un tío le explico lo que era eso, porque orita los niños inventan mucho. Eso ocurrió en la casa donde yo vivía, en el cuarto, y a veces él la correteaba por la casa, pero no podía bajar a la casa de planta baja porque le cerraban la reja de la escalera. Le comente a Esther Rojas, ese mismo día se lo dije cuando ella subió antes de que llegará su esposo. Le dije lo que la niña me dijo, que él hacia ociosidad con ella, yo no sabía si él la había violado o no. Ella lo que me dijo fue que pensará lo que iba hacer porque cada vez que él hace algo él dice que no fue y no fue y le creen. Yo vivía en el piso de arriba, eso tiene 3 pisos. Si del dos al tres había acceso libre, ahora para el primer piso hay una reja; están las escaleras, el portón y el estacionamiento. La niña se quedaba sola cuando llegaba del colegio. Si sabía que a veces se quedaba sola con IDENTIDAD OMITIDA. Yo allí iba a cumplir un año viviendo ahí. La relación con nosotros era bien, el siempre tenía una actitud malcriada, rebelde y contestón, pero conmigo el respetaba lo que yo decía. Me fui ese mismo día con mi muchacha, deje todos mis corotos,, porque no podía seguir ahí es mi hija no se trataba de cualquier cosa. Jorge Luis Castro tío de la niña, fue la segunda persona que yo le comente. Yo orita vivo sola, en Caucagua. Su horario del colegio era en la mañana ella se iba sola al colegio. Quedamos en que los días que IDENTIDAD OMITIDA estaba libre él la llevaba, pero después no la llevo más porque ella no le hacía caso. Ella se puso rebelde de segundo lapso en adelante. Después de lo ocurrido quisimos hacer un careo con la familia para controlar la situación, pero ellos nunca llegaron para hablar. La maestra de la niña se llama Johana, no recuerdo el apellido, ella trabaja en el colegio que está cerca de la casa. Es todo”. A preguntas de la defensa manifestó lo siguiente: “ellos compartían, veían televisión, antes eran apegadísimos ahora no, él le enseño a caminar, de un tiempo para acá ella se alejo de él. Yo cuando me mude con todos mis corotos ella tenía 7 años, y cuando ella estaba pequeña yo la lleve para allá cuando tuve problemas con el papa de ella. Tenía la niña 1 año, cuando yo vivía en Guatire ellos iban a mi casa. IDENTIDAD OMITIDA tendría como 10 años no recuerdo pero estaba pequeño; a veces visitaba la casa y me quedaba 2 días y después me iba para mi casa. Yo dure como 3 años que no iba a la casa, por problemas que tenia con mi esposo, al principio cuando recién llegamos los primeros meses eran difíciles para mi, ella presencio agresividad de su papa hacia mí pero me dijo que allá estaba mejor, y en un momento para acá empezó que se quería ir de ahí para Caucagua. Ella decía que allá no se quedaba sola, que se quedaba con Yori ella es su tía mas pequeña de 10 años. Ella me manifestaba varias veces que odiaba a IDENTIDAD OMITIDA. Ella no le tenía temor pero si ya le tenía rabia. En la casa había otro niño pequeño de 4 años y una niña y una bebe que son los de Esther, que viven abajo. La niña no se quedaba con Esther porque ella decía tenía muchas preocupaciones y tenía que cuidar a sus hijos. Se quedaba sola todo el tiempo. La señora Margarita no trabaja lunes y martes y se quedaba con ella, había miércoles que no trabajaba porque ella no tenia horario fijo, y los domingos se iba a predicar y se llevaba la niña. El horario de la niña era de 7 a 11:30, de IDENTIDAD OMITIDA no tengo conocimiento de su horario. Es todo”
El quinto testigo evacuado fue la medico psicólogo: TOVAR GONZALEZ ANA CRISTINA, en calidad de testigo calificado, de ocupación psicólogo escolar, quien expuso: “el día 11 de abril del año pasado exactamente hoy un año, cuando llega una señora muy angustiada a mi consultorio la tranquilizamos entre mi enfermera y yo, luego me presenta un oficio en el cual me piden evaluar psicológicamente a la niña urgente por la presunta comisión del delito contra la familia, junto con una denuncia del cicpc, en vista de que la niña estaba en compañía de la madre la cite nuevamente, y en conversación con la niña ella me manifestó que en varias oportunidades el niño IDENTIDAD OMITIDA había tocado sus partes y había querido tener relaciones, y lo han hecho varias veces por encima de la ropa; le practique el test de la familia y otros con el objetivo de verificar su estado emocional, lo cual manifestó estar bien. La niña dice que en varias oportunidades el niño la toca y ha querido tener relaciones muchas veces por la ropa, incluso la niña explico en movimientos lo que hacia el niño, e incluso dijo que en una oportunidad le bajo la pantaletica, hasta ahí quedo la información porque la madre no ha asistido mas a consulta, no sé de verdad si ocurrió el acto sexual. La niña ha presenciado a su papa teniendo relaciones con la pareja de su papa llamada la china, y la mama ha encontrado a la niña en varias oportunidades en actos de masturbación; que veo yo como psicólogo, los niños se inquietan, su sexo, e incurren a masturbación eso para la niña es ociosidades; lo que veo grave es que la niña quede excitada pero no esté apoyada por un adulto.la niña siempre se encuentra sola, va a la escuela sola, regresa con el niño, está sola. Hay falta de adulto, no hay nadie que proteja a esas dos criaturas, en cuanto al cuidado de esos niños. La niña ha sido agredida por la mama, la mama le pega con correa. Ese hecho ocurre en febrero, dos días después denuncian en cicpc, .pero a mí me llevan a la niña en abril, veo gran diferencia de febrero a abril, y pienso que la niña pudo ser amenazada o presionada, o complacida con juguetes o caramelos; no sé porque la niña si le cuenta a la mama, lo cierto es que la niña dice que el niño intento meter su pipi por mi culito y la niña se asusto, así lo manifestó Es todo”. A preguntas del Ministerio Público señaló lo siguiente: “nunca pude considerar que la niña mentía, hago la entrevista porque la mama llego muy asustada y le hice las evaluaciones a la niña, el estado emocional de la niña era bien normal más bien la veo muy madura, dice unas palabras que es muy madura, fuera de lo común de un niña, ella manifestó que estaba destruida, ella dice que es cuando una persona se siente muy mal, la niña se siente identificada con la mama. Ella me nombra al primo IDENTIDAD OMITIDA que es hijo de Isabel. Ella misma dice que eso lo hacían siempre por encima de la ropa, de hecho me hacia los movimientos, la demostración. Eso no es normal, de repente que se estén bañando y vean que tienen sexo distinto y que quieran explorar tocando puede ser normal, pero que un púber lo haga con una niña, eso no es normal. No es normal que los niños duerman con los padres; por algo la niña se masturba; de hecho después de lo que paso con el niño IDENTIDAD OMITIDA, la mama encontró a la niña masturbándose, los niños se excitan igual que los adultos. Puede ocurrir que se repita, si a la niña le gusto y le pareció agradable y mas por no tener supervisión de adulto. Es todo”. A preguntas de la defensa manifestó lo siguiente: “en ningún momento vi a la niña nerviosa, ella narraba las cosas normal, la niña lo que me reclamaba es que no tenía la mama al lado en la consulta, pero ella me decía que lo que paso no importa porque eso lo hacían por encima de la ropa. Ella no me dijo que IDENTIDAD OMITIDA quería, ella dice que ella lo hizo con IDENTIDAD OMITIDA por encima de la ropa, ella siempre manifiesta que IDENTIDAD OMITIDA se montaba encima no me dijo si era forzada, me dijo que era en las tardes después que comían que lo hacían. Algo tuvo que haber pasado para que la niña le contara eso a la mama, porque paso mucho tiempo. La niña dice que lo hizo muchas veces con IDENTIDAD OMITIDA, de repente la niña se asusta cuando le baja la pantaleta y le puso en el ano su pipi, yo no sé que dice el forense, si hubo penetración o no, porque nunca me llego el informe, pero la niña me dijo que eso pasaba. La palabra destruida ella me lo dice cuando yo le pregunto sobre la familia. Ella me dice que se porta mal mi papa y IDENTIDAD OMITIDA porque mi papa nunca le dijo a mi mama que tenía otra mujer; ella me dice que IDENTIDAD OMITIDA lo va a castigar la policía pero que a ella no, porque IDENTIDAD OMITIDA la amenazaba con decirle a su mama que ella botaba la comida por detrás de la casa. El me besaba y me tocaba y quería hacer sexo por mi culito. Ella no manifestó que vivía con alguien más me dijo que la abuela a veces estaba, pero siempre estaba sola con IDENTIDAD OMITIDA a veces. Los niños cuando pasan mucho tiempo solo inventan. Es todo”. A preguntas del Tribunal manifestó lo siguiente: “yo evaluó muchos casos de niños de libertad asistida o por tribunales niños de 12 años, casos por drogas, abusos, pero son muchos niños en abuso sexual tanto hembras como varones niños desde 4 hasta los 14 y de 14 a 17. Si me ha tocado declarar en este tribunal por tres casos más de adolescentes. La niña antes de ir a mi consulta ella había ido a otras instituciones desconozco cuales son, la mama le da mucho apoyo. Si se cuando mienten porque los hechos puede cambiar de un día para otro. Yo no creo que la niña haya estado manipulada, yo pienso que lo que hay es angustia de parte de la madre, con miedo a que ha descuidado el cuido de la niña. La niña en ningún momento está nerviosa cuando me lo contaba. Es todo”.
En la siguiente oportunidad fijada para la continuación de juicio depuso como sexto testigo la ciudadana CECILIA DE ANDRADE GONCALVES, adscrito a la coordinación nacional de ciencias forenses del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas sub delegación Guarenas, en calidad de experto, y quien no fue la médico forense que realizara la evaluación, pero al ser una profesional en la misma ciencia se admitió su testimonio a manera de ilustrar al tribunal y las partes sobre las conclusiones de la evaluadora en esa oportunidad, quien expuso: “habla sobre una descripción del área genital y perianal, y todo lo que corresponde a la región interna y externa genital de la niña, en este caso se ven aspectos normales, es decir, no hay alteración en su parte externa que pudo haber una confusión congénita o no. Eso está escrito también en el examen físico ginecológico y se descubre acorde a la edad y del grupo etario del individuo si es hombre o mujer, hace descripción de que la estructura del ídem no hay alteración o acción de violación, el ídem lo que te habla es que no hay desfloración ni intento de violación. Es todo”. A preguntas del Ministerio Público señaló lo siguiente: “la medicatura forense está integrada por tres médicos forense Jhony Orozco, Jesús Alarcón y mi persona. Tengo 1 año y 6 días laborando para la medicatura forense. Se basa estrictamente en un interrogatorio y luego un examen físico para ver las variaciones atómicas y anatómicas que pueda haber, y con el peritaje que ahí se describe si hay variaciones o no, así como observación directa de examen ginecológico del área adecuada de los elementos utilizados para la valoración? Es totalmente objetivo en la valoración de lo que él considere en el examen físico; objetivo a una evaluación previa que se le haya hecho al paciente. Es todo. A preguntas del Tribunal manifestó lo siguiente: “quien evaluó a la niña, es médico cirujano, médico traumatólogo, médico forense. Yo soy médico cirujano, médico anestesiólogo, y médico forense. Tengo laborando para la medicatura forense un año y seis días. De lo que arroja el interrogatorio te puede ayudar a identificar los hallazgos que tiene pero testimonio no queda por escrito. En el caso de nosotros no porque somos objetivos a la hora de dar una conclusión, siempre se hace el interrogatorio pero dejarlo por escrito no”
En la siguiente órgano de prueba fue el ciudadano LEINIS RAMON MARTINEZ, quien no fue el técnico que realizara la inspección del sitio de suceso, pero se admitió su declaración para ilustrar al tribunal y a las partes sobre lo inspeccionado en esa oportunidad por uno de sus compañeros, quien expuso: “lo que mi compañero describe aquí es la fachada de una casa de dos pisos la cual no se encuentra frisada, tiene 3 pisos, está conformada por sala, cocina y comedor, hay una parte que está en construcción. Es todo”. A preguntas del Ministerio Público señaló lo siguiente: “tengo 9 años trabajando en el área técnica. Hablamos de un lugar Cerrado, cuando se traspone una puerta sellada o con candado. Nosotros cuando llegamos al sitio y vemos una casa con muebles y todos los objetos de una familia lo describimos como tal. Es todo”. A preguntas de la defensa manifestó lo siguiente: “si entraron por lo que está aquí, porque describen el pasillo y objetos acorde al lugar. No especifican cuantas habitaciones había. La última planta dice que está en construcción, no sé decirle si hay una habitación en la parte en construcción. No radia porque las personas cuando están construyendo, suelen arman cubículos y no definen para que se hubiese descrito que está en construcción y decir cuantos cubículos había. En construcción, y si hay habitación equipada la describo como una habitación. No sabría decirle si subieron a cada piso a realizar la inspección. Es todo.”
III
CONCLUSIONES DE LAS PARTES
Culminada como ha sido la evacuación de los medios de pruebas y cerrado este lapso, fueron expresadas las conclusiones por las partes, en tal sentido la fiscal del Ministerio Público expuso: “en el presente debate oral y privado el ministerio público se logro desvirtuar la presunción de inocencia que arropaba al joven IDENTIDAD OMITIDA, específicamente que los medios de prueba de carácter subjetivo y en este orden de ideas se ha demostrado a través de los medios probatorios, lo siguiente, que el adolescente aprovechaba momentos en el que estaba solo con la niña, en la vivienda ubicada en Colina Félix, sector 3, casa Nº 44, Guarenas Estado Miranda, entorno a eso realizar actos inapropiados del acto sexual, se resumen en tocar las partes intima de la niña, actos de simular tener relaciones sexuales con ropa y siendo constatado el último intento en bajarle la prenda intima a la niña, este hecho ocasiono en fecha 23-03-2013, pues la niña le manifiesta lo que sucedió a su madre y efectivamente estos hechos cesaron al denunciar en fecha 26-03-2013 en el cicpc. Ahora bien, en este hecho tenemos acreditado en primer lugar el testimonio de la niña, ya que a su grado de madurez, manifiesta que el agresor es IDENTIDAD OMITIDA que eso ocurría en la casa cuando se quedaron solos, y recuerda cuando el mismo le bajaba el pantaloncito. De lo anteriormente expuesto cabe mencionar la sentencia de la sala de casación penal 18-08-2008; en la cual establece que el testimonio de la víctima, tiene pleno valor probatorio correspondiente. En virtud de lo anteriormente expuesto posteriormente la declaración de la madre de la víctima, narro las circunstancias de tiempo, modo y lugar, de lo cual obtuvo conocimiento y de carácter de testigo referencial y que la misma afirmo que si pasaban tiempo solos, y que inclusive el adolescente aprovecho el mismo tiempo para mantener actos inapropiados; en ese sentido según sentencia 481 del año 2007, en la cual establece que en el proceso penal vigente no existe la inhabilidad de los parientes de la victima para rendir testimonio. En virtud de lo anteriormente expuesto consideramos que el Juez debe valorar que no faltaron pruebas de credibilidad, se debe tomar en cuenta varios aspectos a la hora de demostrar la percepción de los testigos; se demostró que, parte de la madre de la propia víctima, ya que no iba a incriminar al joven en un hecho como este. No existe motivo de interés personal, que haga pensar que el testimonio de la víctima y de la madre fue constatado con el informe psicológico; en cuanto a las contradicciones, efectivamente ha transcurrido el tiempo. En resumen no faltaron medios probatorios, ahora bien en cuanto a los dos testigos referenciales, sirve para puntualizar dos cosas, el ministerio público verifico tres cosas, ninguna pudo desvirtuar que la niña pasaba sola toda la tarde, en segundo lugar que la niña como el jovencito tenían libre acceso al piso de la vivienda familiar y que efectivamente no existe motivo alguno en el que se quiera incriminar al joven en algo que él no hizo. Estos testimonios de la niña de carácter coloquial no manifestaron haber tenido violencia, de igual manera el testimonio de la niña fue avalado por la psicóloga Ana Tovar, consta la inspección técnica de que efectivamente se trata de una vivienda unifamiliar de tres plantas. Mostro amplio conocimiento en la materia. Y realizo las pruebas necesarias que se utilizaron para realizar el examen psicológico. La niña ha sido expuesta en declarar en varios lugares sobre lo que sucedió. Y en consecuencia la narración es congruente, y no existía manipulación por parte de la madre. La niña señalaba a IDENTIDAD OMITIDA, como la persona que le hacia las cosas, considera el ministerio público que el joven transgredió a través de su conducta y a bien tratado por la norma jurídica y en concordancia con la norma especial establecido en los artículos 32 y 33 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; y en tal sentido solicito sea condenado a cumplir la sanción máxima, de la pena solicitada que no amerite pena privativa de libertad. Es todo.”
Asimismo la Defensa en cuanto a sus conclusiones expuso: “si bien es cierto como lo ha manifestado la representación fiscal, y en cuanto la inspección técnica y la defensa pidió fuese desestimada, dio una referencia de la inspección, ya que fue una exposición somera, ya que vieron desde afuera lo que se presumía era la casa por dentro. En cuanto a la Lic. Ana Tovar, ella dijo que las evaluaciones iban hacer en las 10 citas y de las cuales solo le hicieron a la niña 3 citas, de la psicóloga más de la declaraciones que pudiera haberle dado la niña. igualmente si bien es cierto la niña tuvo una exposición en sala, estuvo retraída y en su corta edad que tiene pudiera a ver estado influenciada por la madre, aunque la psicóloga manifestó que no estaba influenciada, y el adolescente siempre ha manifestado su presunción de inocencia, y ha sido constante y dice que si bien es cierto tiene acceso a la casa, pero él en ningún momento a manifestado tener alguna actitud obscena con la niña, por lo cual la defensa de conformidad con el articulo 8 y 9 de la presunción de inocencia y debido proceso y el artículo 540 Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en todo estado y causa, el mismo en todo momento ha acudido a las audiencias, y en una oportunidad hizo presencia en la defensoría, solicita se declare la absolutoria del mismol.”
Por último se le concedió el derecho de la palabra al adolescente acusado, quien manifestó: “no deseo declarar. Es Todo”
IV
DETERMINACION PRECISA Y CIRCUNSTANCIADA DE LOS HECHOS QUE ESTE JUZGADO ESTIMA ACREDITADOS
Con ocasión a la admisión de la acusación interpuesta por la Representación del Ministerio Público, y de los órganos de prueba ofrecidos por la misma en su oportunidad legal, una vez ejercido el control respecto de la pertinencia y legalidad de la prueba, en el acto de la audiencia preliminar, por parte del Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control, correspondió a este Juzgado en funciones de Juicio, desarrollar el Juicio Oral y Privado, y recepcionar las pruebas, con absoluta observancia de todos los Derechos Constitucionales, establecidos en la Carta Fundamental y las Garantías Procesales, dispuestas en la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y del Adolescente y el Código Orgánico Procesal Penal, tales como el Juicio educativo, derecho a ser oído, interés superior del niño, confidencialidad, privacidad, debiendo entonces este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio, proceder al análisis de dichas probanzas, según el sistema de la Sana Critica Racional observando las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de experiencia, a saber:
PRIMERO: En tal sentido, ha quedado acreditado en el desarrollo del debate oral y privado, que el adolescente hoy sancionado IDENTIDAD OMITIDA, actuando con un marcado índice de superioridad sobre la niña IDENTIDAD OMITIDA, de 7 años de edad para la fecha de comisión del hecho objeto de este proceso, por resultar este ser su primo, en momentos en los cuales la niña víctima se encontraba jugando sola en el último nivel de la vivienda donde ambos convivían, éste aprovechando esa situación y las constantes amenazas de informar a la madre de la niña, que ella al llegar la hora de la comida, no ingería todos los alimentos sino, que, caso en contrario la botaba por una de las ventanas de la vivienda, circunstancia esta de la que se valía para tocar el cuerpo de su prima de siete (07) años de edad, de nombre IDENTIDAD OMITIDA, incluyendo sus genitales, tal convicción se obtuvo de lo aquí mencionado en presencia ininterrumpida de las partes, principalmente por la propia niña víctima, quien fue enfática al mencionar que, “ese día yo estaba viendo comiquita y dibujando, el siempre me decía para hacer ociosidades pero yo le decía a el que no me gustaban esos juegos. Nosotros estábamos solitos porque mi mama trabaja y mi abuelita también, el me amenazaba con contarle a mi mama que yo botaba la comida. Es todo”. A preguntas del Ministerio Público señaló lo siguiente: “le comente eso primero a mi mama. El me toco mi parte intima y a veces me quitaba el short y yo ese día me lo subí y me fui contra la pared. Lo vi sin short una vez, con su interior. El me amenazaba que si yo no jugaba con él, él le iba a decir a mi mama que yo botaba la comida por la parte de atrás de la casa. Es todo”. A preguntas de la defensa manifestó lo siguiente: “yo no jugaba con él porque a mí no me gustaban esos juegos. El no me prestaba el papagayo, yo jugaba con mis cosas y dibujaba. Yo tenía 7 años cuando paso eso, ya tengo 8. Yo le comenté a mi mama lo que él me hacía, le conté porque yo me quería ir de ahí. Ella me dijo si yo hacia esas cosas con él y yo dije que no. Yo me quería ir de la casa. Yo a veces estaba con mi abuelita y la ayudaba a limpiar porque a mí me gusta el cepillo con el agua. Yo entraba en el colegio en la mañana y IDENTIDAD OMITIDA creo que si estudiaba en la mañana, él se iba primero que yo. Yo me la pasaba solita y el subía a volar papagayo a veces. IDENTIDAD OMITIDA es mi primo. Yo me quería ir de ahí porque mi abuela siempre trabaja, y cuando ella hacia torta él se apoyaba de la pared y me pegaba. Es todo. A preguntas del Tribunal manifestó lo siguiente: “yo le conté a mi mama porque yo me quería ir de ahí. Mi mama me preguntaba que si yo le hacía cosas a él y yo le dije que no que él era el que me lo hacía a mí. El que me lo hacía era IDENTIDAD OMITIDA, el es mi primo, el está ahí afuera”
SEGUNDO: lo testificado por la ciudadana MARLUIS VIVIANCO, quien conoció de primer término lo vivido por su menor hija, pues al llegar a su casa entablo una conversación con su hija y ella le comento de manera espontanea que IDENTIDAD OMITIDA, su primo, le hacía ociosidades, las que quedo plenamente demostrado, consistían, en tocamientos des su partes genitales, entiéndase la zona vaginal y anal, incluso besándola, y asi quedo plasmado de lo aportado por su madre, quien de manera referencial nos relato sus conocimientos en torno a los hechos en los cuales su hija fue objeto de abuso sexual por parte de su primo, y a tal efecto relato: Cuando termine de trabajar me fui para la casa, cuando llegue ella estaba dormida recién bañada, la desperté y le pregunte que le paso con IDENTIDAD OMITIDA; él no estaba cuando yo llegue a la casa, se puso algo apenada y me dijo que IDENTIDAD OMITIDA estaba haciendo ociosidad conmigo, le dije que me explicara, que él le hizo o que él la había visto a ella haciendo ociosidad, me asombre muchísimo no lo imagine de él, en varias oportunidades el papa me decía pendiente con la niña y ese carajito. Ella me dijo que él le hacía ociosidad a cada rato y que si ella decía algo él me iba a decir que ella botaba la comida por la parte de atrás de la casa, y que a ella le gustaba un niño llamado Gabriel. Ella me dijo que él intento meterme su pipi por mi ano, y eso a mí me dio de todo y en ese momento yo lo que hago es llamar a Isabel, yo estoy consciente que no debí dejar a mi hija sola; le conté a Isabel lo que ella me había dicho, le pregunte a ella como la vi bañada si ellos se habían bañado juntos, me dijo que no Ese mismo día me fui de la casa, y le dije a Esther que ahí saben que cuando él dice que no hizo algo es no y no y la gente le cree, ella no puede inventar eso, es una niña. Ese día no puse la denuncia porque yo hable con mi hermano para que habláramos, ella me decía que el la tocaba con ropa en la totona y se movía ahí, poco a poco ella me fue diciendo porque la psicóloga me dijo que no la presionara porque le podía afectar a ella. Cuadramos para llevar a IDENTIDAD OMITIDA a un negocio que ella tiene en Guatire para hablar lo que había pasado, pero él nunca fue. Yo no le había dicho nada al papa de la niña porque le iba a dar la razón porque el siempre me decía que estuviera pendiente. Como él no fue me dijeron que yo tomara las medidas que yo veía convenientes, me fui a cicpc a poner la denuncia el día 25, y dije lo mismo que la niña me dijo. La lleve a mi ginecóloga, y me dijo que me quedara tranquila que la niña estaba bien. En ptj dije lo que ella me dijo que él había intentado penetrarla por delante. La niña me dijo que no quiere ver a ninguno de ellos ni en pintura. Cuando ella estudiaba en el primer lapso era excelente, yo no trabajaba, pero cuando empecé a trabajar, su conducta ya era agresiva. La niña me decía que él le tocaba sus partes con las partes de él. Si hay niños que inventan es verdad, pero este no creo que sea el caso con algo así no creo que este inventando. Es todo”. A preguntas del Ministerio Público señaló lo siguiente: “yo me entero el 23 de marzo. Me entero de eso por medio de la niña. Ella me dijo IDENTIDAD OMITIDAy estaba haciendo ociosidades conmigo. Ella entendía por ociosidades que era que las personas hacían el amor de tener relaciones sexuales, un tío le explico lo que era eso, porque orita los niños inventan mucho. Eso ocurrió en la casa donde yo vivía, en el cuarto, y a veces él la correteaba por la casa, pero no podía bajar a la casa de planta baja porque le cerraban la reja de la escalera. Le comente a Esther Rojas, ese mismo día se lo dije cuando ella subió antes de que llegará su esposo. Le dije lo que la niña me dijo, que él hacia ociosidad con ella, yo no sabía si él la había violado o no. Ella lo que me dijo fue que pensará lo que iba hacer porque cada vez que él hace algo él dice que no fue y no fue y le creen. Yo vivía en el piso de arriba, eso tiene 3 pisos. Si del dos al tres había acceso libre, ahora para el primer piso hay una reja; están las escaleras, el portón y el estacionamiento. La niña se quedaba sola cuando llegaba del colegio. Si sabía que a veces se quedaba sola con IDENTIDAD OMITIDA. Yo allí iba a cumplir un año viviendo ahí. La relación con nosotros era bien, el siempre tenía una actitud malcriada, rebelde y contestón, pero conmigo el respetaba lo que yo decía. Me fui ese mismo día con mi muchacha, deje todos mis corotos,, porque no podía seguir ahí es mi hija no se trataba de cualquier cosa. Jorge Luis Castro tío de la niña, fue la segunda persona que yo le comente. Yo orita vivo sola, en Caucagua. Su horario del colegio era en la mañana ella se iba sola al colegio. Quedamos en que los días que IDENTIDAD OMITIDA estaba libre él la llevaba, pero después no la llevo más porque ella no le hacía caso. Ella se puso rebelde de segundo lapso en adelante. Después de lo ocurrido quisimos hacer un careo con la familia para controlar la situación, pero ellos nunca llegaron para hablar. La maestra de la niña se llama Johana, no recuerdo el apellido, ella trabaja en el colegio que está cerca de la casa. Es todo”. A preguntas de la defensa manifestó lo siguiente: “ellos compartían, veían televisión, antes eran apegadísimos ahora no, él le enseño a caminar, de un tiempo para acá ella se alejo de él. Yo cuando me mude con todos mis corotos ella tenía 7 años, y cuando ella estaba pequeña yo la lleve para allá cuando tuve problemas con el papa de ella. Tenía la niña 1 año, cuando yo vivía en Guatire ellos iban a mi casa. IDENTIDAD OMITIDA tendría como 10 años no recuerdo pero estaba pequeño; a veces visitaba la casa y me quedaba 2 días y después me iba para mi casa. Yo dure como 3 años que no iba a la casa, por problemas que tenia con mi esposo, al principio cuando recién llegamos los primeros meses eran difíciles para mi, ella presencio agresividad de su papa hacia mí pero me dijo que allá estaba mejor, y en un momento para acá empezó que se quería ir de ahí para Caucagua. Ella decía que allá no se quedaba sola, que se quedaba con Yori ella es su tía más pequeña de 10 años. Ella me manifestaba varias veces que odiaba a IDENTIDAD OMITIDA. Ella no le tenía temor pero si ya le tenía rabia. En la casa había otro niño pequeño de 4 años y una niña y una bebe que son los de Esther, que viven abajo. La niña no se quedaba con Esther porque ella decía tenía muchas preocupaciones y tenía que cuidar a sus hijos. Se quedaba sola todo el tiempo. La señora Margarita no trabaja lunes y martes y se quedaba con ella, había miércoles que no trabajaba porque ella no tenia horario fijo, y los domingos se iba a predicar y se llevaba la niña. El horario de la niña era de 7 a 11:30, de IDENTIDAD OMITIDA no tengo conocimiento de su horario (…), que adminiculado al testimonio de la niña víctima encuentro plena armonía entre la vivencia desagradable experimentada por ella, y lo manifestado a su madre en torno a los hecho, de lo que se demuestra claramente la participación del procesado en ese hecho, el cual consistió específicamente en el frote constante, de sus genitales con los de la niña, y es en el momento en el cual el adolescente sancionado decide exponer su miembro viril para proceder a penetrar a la niña víctima de este proceso, circunstancia la cual no llego a materializarse por el temor que origino tal evento en ella, lo que conllevo a su vez que la niña se tornara atemorizada y decidiera contárselo a su madre como en efecto quedo acreditado en el debate.-
TERCERO: Quedo demostrado que el adolescente hoy sancionado, en momentos en que se encontraban tanto él, como su prima HECERLIN, solos, en la vivienda en la cual convivían, justo en el tercer piso, donde la niña acostumbraba a dibujar hasta esperar que su madre retornara del trabajo en horas de la noche, este se acercaba al tercer nivel de la vivienda y comenzaba a amenazar a la niña, con contarle a su mama que ella no se comía todos los alimentos que se le daban, motivo por el cual la niña acedia a las acciones desplegadas por este adolescente, consistentes en el palpamiento de las zonas genitales de la niña, tales como ano, y vulva, tocando así también la región mamaria e inclusive llegar a besarla, tal convicción la obtuve de los testimonios tanto de la víctima como de su madre, que adminiculados a los testimonios de las ciudadanas Esther Rojas y Margarita Fajardo, finalmente lo aportado por la médico forense, quien nos ilustro de las conclusiones que arrojo la evaluación efectuada por su compañera, y que no acudió a la convocatoria del Tribunal en virtud de no laborar ya en esa dependencia auxiliar, finalmente con lo aportado por la medico psicóloga Ana Tovar, quien ilustro a las partes y al Tribunal sobre lo percibido por ella en la evaluación de la que fue objeto la niña IDENTIDAD OMITIDA, y así nos ilustro a los presentes en sala: “el día 11 de abril del año pasado exactamente hoy un año, cuando llega una señora muy angustiada a mi consultorio la tranquilizamos entre mi enfermera y yo, luego me presenta un oficio en el cual me piden evaluar psicológicamente a la niña urgente por la presunta comisión del delito contra la familia, junto con una denuncia del cicpc, en vista de que la niña estaba en compañía de la madre la cite nuevamente, y en conversación con la niña ella me manifestó que en varias oportunidades el niño IDENTIDAD OMITIDA había tocado sus partes y había querido tener relaciones, y lo han hecho varias veces por encima de la ropa; le practique el test de la familia y otros con el objetivo de verificar su estado emocional, lo cual manifestó estar bien. La niña dice que en varias oportunidades el niño la toca y ha querido tener relaciones muchas veces por la ropa, incluso la niña explico en movimientos lo que hacia el niño, e incluso dijo que en una oportunidad le bajo la pantaletica, hasta ahí quedo la información porque la madre no ha asistido mas a consulta, no sé de verdad si ocurrió el acto sexual. La niña ha presenciado a su papa teniendo relaciones con la pareja de su papa llamada la china, y la mama ha encontrado a la niña en varias oportunidades en actos de masturbación; que veo yo como psicólogo, los niños se inquietan, su sexo, e incurren a masturbación eso para la niña es ociosidades; lo que veo grave es que la niña quede excitada pero no esté apoyada por un adulto.la niña siempre se encuentra sola, va a la escuela sola, regresa con el niño, está sola. Hay falta de adulto, no hay nadie que proteja a esas dos criaturas, en cuanto al cuidado de esos niños. La niña ha sido agredida por la mama, la mama le pega con correa. Ese hecho ocurre en febrero, dos días después denuncian en cicpc, .pero a mí me llevan a la niña en abril, veo gran diferencia de febrero a abril, y pienso que la niña pudo ser amenazada o presionada, o complacida con juguetes o caramelos; no sé porque la niña si le cuenta a la mama, lo cierto es que la niña dice que el niño intento meter su pipi por mi culito y la niña se asusto, así lo manifestó Es todo”. A preguntas del Ministerio Público señaló lo siguiente: “nunca pude considerar que la niña mentía, hago la entrevista porque la mama llego muy asustada y le hice las evaluaciones a la niña, el estado emocional de la niña era bien normal más bien la veo muy madura, dice unas palabras que es muy madura, fuera de lo común de un niña, ella manifestó que estaba destruida, ella dice que es cuando una persona se siente muy mal, la niña se siente identificada con la mama. Ella me nombra al primo IDENTIDAD OMITIDA que es hijo de Isabel. Ella misma dice que eso lo hacían siempre por encima de la ropa, de hecho me hacia los movimientos, la demostración. Eso no es normal, de repente que se estén bañando y vean que tienen sexo distinto y que quieran explorar tocando puede ser normal, pero que un púber lo haga con una niña, eso no es normal. No es normal que los niños duerman con los padres; por algo la niña se masturba; de hecho después de lo que paso con el niño IDENTIDAD OMITIDA, la mama encontró a la niña masturbándose, los niños se excitan igual que los adultos. Puede ocurrir que se repita, si a la niña le gusto y le pareció agradable y mas por no tener supervisión de adulto. Es todo”. A preguntas de la defensa manifestó lo siguiente: “en ningún momento vi a la niña nerviosa, ella narraba las cosas normal, la niña lo que me reclamaba es que no tenía la mama al lado en la consulta, pero ella me decía que lo que paso no importa porque eso lo hacían por encima de la ropa. Ella no me dijo que IDENTIDAD OMITIDA quería, ella dice que ella lo hizo con IDENTIDAD OMITIDA por encima de la ropa, ella siempre manifiesta que IDENTIDAD OMITIDA se montaba encima no me dijo si era forzada, me dijo que era en las tardes después que comían que lo hacían. Algo tuvo que haber pasado para que la niña le contara eso a la mama, porque paso mucho tiempo. La niña dice que lo hizo muchas veces con IDENTIDAD OMITIDA, de repente la niña se asusta cuando le baja la pantaleta y le puso en el ano su pipi, yo no sé que dice el forense, si hubo penetración o no, porque nunca me llego el informe, pero la niña me dijo que eso pasaba. La palabra destruida ella me lo dice cuando yo le pregunto sobre la familia. Ella me dice que se porta mal mi papa y IDENTIDAD OMITIDA porque mi papa nunca le dijo a mi mama que tenía otra mujer; ella me dice que IDENTIDAD OMITIDA lo va a castigar la policía pero que a ella no, porque IDENTIDAD OMITIDA la amenazaba con decirle a su mama que ella botaba la comida por detrás de la casa. El me besaba y me tocaba y quería hacer sexo por mi culito. Ella no manifestó que vivía con alguien más me dijo que la abuela a veces estaba, pero siempre estaba sola con IDENTIDAD OMITIDA a veces. Los niños cuando pasan mucho tiempo solo inventan. Es todo”. A preguntas del Tribunal manifestó lo siguiente: “yo evaluó muchos casos de niños de libertad asistida o por tribunales niños de 12 años, casos por drogas, abusos, pero son muchos niños en abuso sexual tanto hembras como varones niños desde 4 hasta los 14 y de 14 a 17. Si me ha tocado declarar en este tribunal por tres casos más de adolescentes. La niña antes de ir a mi consulta ella había ido a otras instituciones desconozco cuales son, la mama le da mucho apoyo. Si se cuando mienten porque los hechos puede cambiar de un día para otro. Yo no creo que la niña haya estado manipulada, yo pienso que lo que hay es angustia de parte de la madre, con miedo a que ha descuidado el cuido de la niña. La niña en ningún momento está nerviosa cuando me lo contaba”, de lo que se infiere claramente que efectivamente el encausado procedió a tocar en sus genitales a la niña víctima, pues la medico que la evaluara, quién está en capacidad de determinar si un niño está influenciado a mentir sobre un particular, o mentir voluntariamente, en este caso no ocurrió así, pues nos encontramos entonces frente a un testimonio veraz, directo y sin margen de duda, al ser vivido por ella misma, constituyéndose el mismo en verídico y elocuente, por lo que este sentenciador le da pleno valor probatorio.
Finalmente lo aportado en su testimonio por el funcionario LEINIS RAMON MARTINEZ, el cual no fue quien realizo la inspección al sitio del suceso, pues el solo rindió declaración sobre lo plasmado en actas por su compañero, y siendo que la experticia o inspección técnica constituye a mi juicio un acto personal, y que a su vez, si bien este es plasmado por escrito y en definitiva es el testimonió de ese experto el que valora el Juzgador no es menos cierto que no esta obligado el sentenciador a valorar una determinada prueba, pues existe como sabemos margen de discrecionalidad para valorar o no una determinada prueba, por lo que considero ajustado a derecho y procedente desestimar la prueba consistente en la inspección técnica, al no comparecer el funcionario que la realizo, al sr esta una prueba personal, sin embargo en nada constituye óbice para demostrar como en efecto ocurrió la participación del adolescente en el hecho por el cual se le sanciona.
Quedando acreditado de esta manera, que el hoy acusado y condenado adolescente IDENTIDAD OMITIDA, no haya demostrado que se encontraba en un sitio distinto al del suceso lo que no deja duda alguna para este Decidor de la presencia de este ciudadano en ese día, en ese momento y ese lugar de ocurrencia del suceso, al ser contestes tanto la víctima IDENTIDAD OMITIDA, la madre de la niña, Marluis Bolet, la medico psicóloga Ana Tovar, y las ciudadanas Esther Rojas y Margarita Fajardo, entre si, no surge ninguna duda a este sentenciador de la participación real del procesado en ese hecho delictivo, tal como ha quedado probado en este contradictorio.
Se entiende por abuso sexual, como un conjunto de acciones de mayor o menor complejidad que realiza el sujeto activo el cual puede ser de igual o distinto sexo para obtener y producir places.
Ese tipo penal se encuentra previsto en el artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, lo cual se transcribe parcialmente a continuación
“ Quien realice actos sexuales con un niño o niña (…) ”
Por todas estas consideraciones estima quien aquí decide el ilícito que quedo comprobado en el desarrollo del debate es el delito de ABUSO SEXUAL A NIÑA, previsto y sancionado en el artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, en perjuicio de la niña IDENTIDAD OMITIDA de siete años para la fecha de comisión, por lo que necesariamente la decisión de este Tribunal deberá ser condenatoria. Y ASI SE DECLARA.
VI
DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hecho y de derecho explanados anteriormente, ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO Nº 01 DE LA SECCIÓN ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA EXTENSIÓN BARLOVENTO CON SEDE EN GUARENAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: CONDENA AL ACUSADO IDENTIDAD OMITIDA, Por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A NIÑA, 259 de la Ley Orgánica para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en perjuicio de la niña IDENTIDAD OMITIDA, a cumplir la sanción de DOS (02) AÑOS DE LIBERTAD ASISTIDA, DOS (02) AÑOS REGLAS DE CONDUCTA Y SEIS (06) MESES DE SERVICIOA LA COMUINIDAD Y EN FORMA SUCESIVA. LAS REGLAS DE CONDUCTA CONSISTIRÁN EN: 1.- LA OBLIGACIÓN DE PRESENTARSE UNA VEZ AL MES ANTE EL TRIBUNAL DE EJECUCIÓN. 2.- LA OBLIGACION DE CONTINUAR ESTUDIOS O DE INCORPORARSE AL AMBITO LABORAL DEBIENDO PRESENTAR ANTE EL JUEZ DE EJECUCION LA RESPECTIVA CONSTANCIA CADA TRES MESES. 3.-PROHIBICION DE CONSUMIR SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES O PSICOTROPICAS Y MANTENERSE ALEJADO DE LAS PERSONAS QUE LAS CONSUMAN. 4.- LA OBLIGACION DE SOMERTESE A TRATAMIENTO PSICOLOGICO EN UNA INSTITUCION PÚBLICA, DEBIENDO CONSIGNAR ANTE EL JUEZ DE EJECUCION EL RESPECTIVO INFROME PSICOLOGICO PERIODICO Y LA CONSTANCIAS DE ACUDIR AL MISMO, actuando conforme a lo establecido en los artículos 603, 604 y 605 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente.
Dada, firmada y sellada en la sede de este Circuito judicial Penal. en fecha 22 de Abril de 2013, y se publica el texto integro del presente fallo en esta misma data.
EL JUEZ,
DR. CARLOS DAVID MARTINEZ MORA
LA SECRETARIA
ABG. CRSITINA COEHLO
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en autos.
LA SECRETARIA
ABG. CRSITINA COEHLO
Exp 1JU-607-13
Carlos D.-
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