REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO PÁEZ Y PEDRO GUAL






REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS PÁEZ Y PEDRO GUAL
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

Río Chico, 14 de agosto de 2013.
203º y 154º


Visto y revisados los instrumentos legales que acompañan la presente solicitud, este Juzgado sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, actuando de conformidad con lo estipulado en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano CARLOS ERNESTO MANIA, de nacionalidad venezolano, estado civil soltero, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número V-15.793.783, sobre unas bienhechurías asentadas sobre un lote de terreno propiedad municipal, ubicadas en la calle Real de Paparo, casa sin número, parroquia Paparo, Municipio Páez del Estado Bolivariano de Miranda, el cual posee una superficie total de ochocientos quince metros cuadrados con cincuenta centímetros (815,50 M2), con un área de construcción de doscientos siete metros cuadrados con dieciocho centímetros (207,18 M2), tal y como se evidencia de autorización de fecha ocho de agosto de dos mil trece (08-08-2013), emanada de la Sindicatura Bolivariana Municipal de la Alcaldía Bolivariana del Municipio Páez con sede en Río Chico, Estado Bolivariano de Miranda y registradas en la División de Catastro de dicho municipio bajo el número 15-14-04-U00-0180-000-000-000-000-000, según folio 07 de la presente solicitud; cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud. Devuélvanse en originales las presentes actuaciones al promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas. Se ordena dejar constancia en el libro diario y copia certificada en el archivo de este Juzgado. Cúmplase.----------------------------------------------------------------------------------------
LA JUEZA TEMPORAL

Abg. OLGA MARÍA CALA GARCÍA

LA SECRETARIA

Abg. MARIA ANTONIETA PACHECO BAUTE

OMCG/mapb/zm
Solicitud Nº 2013-170