REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO





JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.

Los Teques, 09 de agosto de 2013.

203º y 154º

De la revisión de las actas procesales, se observa que en el acta de fecha 06 de agosto de 2013 inserta al folio 18, se incurrió en un error material, por cuanto se señaló como fecha de publicación el día 6 de Julio de 2013, siendo lo correcto a expresar el día 06 de agosto de 2013; este Tribunal subsana dicho error, y en consecuencia, donde se lee 6 de julio de 2013, debe leerse 06 de agosto de 2013, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 109 del Código de Procedimiento Civil, por aplicación analógica del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. CÚMPLASE.-



JASMINE MORELLA GARCÍA
LA JUEZ




LA SECRETARIA

NOTA: En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.-



LA SECRETARIA









EXP Nº 13-3612
JMG/ND