REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


JUZGADO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA


San Antonio de Los Altos, 9 de diciembre de 2013

203° y 154°

Vista la solicitud y documentación presentada por la ciudadana OMAIRA MARGARITA CAMARGO ROSALES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 3.363.659, debidamente asistida por la abogada Elisabeth Pino, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 25.688, y evacuadas como han sido las declaraciones de los testigos promovidos; este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y conforme a la Resolución N° 2009-0006, emanada del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.152, de fecha 2 de abril de 2009; DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana OMAIRA MARGARITA CAMARGO ROSALES, antes identificada, sobre las mejoras y bienhechurías constituidas por una vivienda, con un área de construcción aproximada de doscientos setenta y nueve metros cuadrados con ochenta y nueve centímetros cuadrados (279,89 mts2); que en el escrito presentado por la peticionante declaró que fue construida sobre una Parcela de Terreno, situada en Urbanización Potrerito, Jurisdicción del Municipio Los Salias del estado Miranda, cuyos linderos y medidas constan en autos, y que se encuentra aforado por la Dirección de Catastro Municipal de la Alcaldía del Municipio Los Salias del Estado Miranda bajo el Nº 0020856; que dicha Parcela de Terreno tiene un área aproximada de UN MIL METROS CUADRADOS CON TRES CENTÍMETROS CUADRADOS (1.000,03 Mtrs2), según consta de Documento de Propiedad debidamente Protocolizado ante el Registro Público del Municipio Los Salias del estado Bolivariano de Miranda en fecha veintiséis (26) de abril de dos mil trece (2013), quedando registrado bajo el N° 2013.237, Matricula: 232.13.13.1.3770, Tomo 18, Folio Real 2013, Asiento Registral: 1.
Devuélvase al solicitante en original, todas las actuaciones que conforman la presente solicitud.
Déjese copia certificada del presente Decreto, y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
LA JUEZA TEMPORAL

EL SECRETARIO
GRELIN MIJARES
MAIKEL MEZONES IBÁÑ
Se deja constancia de que en esta misma fecha se dio cumplimiento con lo ordenado anteriormente.

EL SECRETARIO


Expediente Nº: S-2013-242
GM / MMI / hep