REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA
203° y 154°
Visto el contenido de la diligencia presentada en fecha 26/11/2013, suscrita por la ciudadana LEONOR PEÑALOZA ANGARITA, titular de la cédula de identidad N° V-4.269.056 y de este domicilio, codemandada en la presente causa, asistida del abogado PEDRO PINEDA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 118.916, por una parte y por la otra, el abogado BORIS OMAÑA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 91.130, quien actúa con el carácter de codemandanate en la presente causa, en el que deciden poner fin al presente juicio mediante TRANSACCIÓN; por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, conforme a lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en San Cristóbal, a los tres días del mes de diciembre del año dos mil trece. (03/12/2013). Años: 203° de la Independencia y 154° de la Federación.
Abg.M.Sc. GREGORIO EDECIO PEREZ AGUILAR
JUEZ
Abg. VICTOR ANDRADE GARCIA
SECRETARIO
En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las 11:41 a.m., quedando registrada bajo el N° 458 y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.
Abg. VICTOR ANDRADE GARCIA
SECRETARIO
Exp. Nº 7.111/2013
ELSA M.
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