REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE



JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA
203° y 154°

Visto el contenido del escrito presentado en fecha 29/11/2013, suscrito por la abogada GISELA SANTOS DE DURAN, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 118.912; quien actúa con el carácter de coapoderada judicial de la parte demandante, por una parte y por la otra la parte demandada, ciudadano FREDDY VELARMINO OJEDA GUEVARA, venezolano, mayor de edad, comerciante, titular de la cédula de identidad N° 4.194.862 y de este domicilio, asistido del abogado FERNANDO SANTANA PEÑARANDA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 153.791, en la que manifiestan su voluntad de CONVENIR; y por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN y conforme a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.

Publíquese, regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.

Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en San Cristóbal, a los tres días del mes de diciembre del año dos mil trece. (03/12/2013). Años: 203° de la Independencia y 154° de la Federación.


Abg. Abg. M.Sc. GREGORIO EDECIO PEREZ AGUILAR
JUEZ



Abg. VICTOR ANDRADE GARCIA
SECRETARIO

En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las 09:50 a.m., quedando registrada bajo el N° 456 y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.



Abg. VICTOR ANDRADE GARCIA
SECRETARIO

Exp. Nº 7.136/2013
ELSA M.