En el día de hoy, Lunes 02 de diciembre del año dos mil trece, siendo las 9:30 de la mañana, se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CÁRDENAS, GUÁSIMOS, FERNÁNDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con el abogado en ejercicio ARNALDO RAMÒN D´YONGH SOSA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 122.743 quien actúa con el carácter de Apoderado Judicial de la parte demandante, ciudadano: LUIS ENRIQUE LANZA ESCALANTE, titular de la C.I. Nº V-5.688.734; é indicó a este Tribunal la siguiente dirección: Sede de la Línea de Taxis La Metropolitana, ubicado frente a la Policlínica Táchira de esta ciudad de San Cristóbal del Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, la cual consiste en la práctica de la medida de EMBARGO PREVENTIVO decretada en el JUICIO que por COBRO DE BOLIVARES-INTIMACIÓN sigue LUIS ENRIQE LANZA ESCALANTE contra MIGUEL ANGEL RINCÓN, en el expediente Nº 13.713-13 que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Acompañan al Tribunal los funcionarios policiales JIMMY DANIEL RIVERA CONTRERAS, placa Nº 4366 y CARLOS JESÙS CORONEL ARCHILA, placa Nº 4765, ambos adscritos a la Brigada de Orden Público (B.O.P) del Estado Táchira. Se encuentra presente el ciudadano: FREDDY ANTONIO QUIROZ DEPABLOS, titular de la cédula de identidad Nº V-5.665.745 quien dijo tener carácter de Vocal de la Junta Directiva, la Jueza la notificó del objeto y misión a cumplir en el sitio, indicándole que dispone de un lapso de treinta (30) minutos a los fines de que se comunique con el demandados de autos o apoderado judicial, para que de esta manera pueda ejercer el derecho a la defensa consagrado en el Ordinal 1º del Artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. En este estado siendo las 9:50 de la mañana se hizo presente en este acto el ciudadano: JOSÉ RAMÓN MOLINA PLATA, titular de la C.I. Nº V-5.674.944 en su carácter de Secretario de Actas, la Jueza lo notificó del objeto y misión a cumplir en el sitio. Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Comitente, y cede el derecho de palabra al abogado en ejercicio ARNALDO RAMÓN D`YONGH SOSA, ya identificado, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, y concedido como le fue expuso: “Señalo a este digno Tribunal el embargo de una Acción de la Línea de Taxis La Metropolitana, la cual se encuentra ubicada frente a la emergencia de la Policlínica Táchira, acción ésta propiedad del ciudadano MIGUEL ANGEL RINCÓN, titular de la C.I. Nº V-5.653.780 parte demandada en la causa que cursa por ante el Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes, y riela en el expediente Nº 13.713, es todo”. El Tribunal visto lo expuesto por el apoderado judicial de la parte ejecutante requiere de los Notificados la información correspondiente a la acción señalada para su embargo en este acto, quienes informan a este Tribunal que el ciudadano MIGUEL ANGEL RINCÓN, ya identificado, no es Socio en la actualidad en esa Asociación por haber vendido su cupo hace un lapso aproximado de tres semanas, a tal efecto el Tribunal requiere de los Notificados la exhibición de los correspondientes libros a los fines de constatar la referida venta, ante lo cual los Notificados manifestaron a este Tribunal al imposibilidad de presentar los libros en este acto por cuanto los mismos no se encuentran en esta sede, en tal sentido el Tribunal acuerda conferir un lapso de veinticuatro (24) horas a los fines de que presenten los referidos libros por ante este Despacho, ubicado en la calle 6 con carrera 10, centro comercial Europa, local 3-B, de esta ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira. Asimismo se acuerda suspender la presente ejecución por la inexistencia de bienes propiedad del demandado, quedando desde ya facultado la parte demandante para señalar cualquier otro bien susceptible de ejecución. Se advierte a los Notificados que el desacato de lo aquí ordenado puede acarrearles responsabilidades civiles y penales conforme a la Ley. Es todo. No siendo más el Tribunal concluye el acto a las 10:55 de la mañana, y regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman.

LA JUEZA TITULAR,

ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ.
EL APODERADO JUDICIAL DE LAPARTE DEMANDANTE,

ABG. ARNALDO RAMÓN D`YONGH SOSA
LOS FUNCIONARIOS POLICIALES,

JIMMY DANIEL RIVERA CONTRERAS

CARLOS JESÚS CORONEL ARCHILA
LOS NOTIFICADOS,

FREDDY ANTONIO QUIROZ DEPABLOS

JOSÉ RAMÓN MOLINA PLATA

LA SECRETARIA,

HAYDEÉ SOCORRO MORENO