REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
Años 203° y 154°
ASUNTO Nº SP01-S-2013-000054

PARTE OFERIDA: MIGUEL ARTURO LIZARAZO ARAQUE, identificado con la cédula Nro.V-10.166.227

ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE OFERIDA:

PARTE OFERENTE: EXPRESOS MERIDA C.A, inscrita en el Registro Mercantil que llevó al efecto el Juzgado 1ero. de 1era. Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Trabajo del Edo.Táchira, bajo el N°161, el 23/11 /1971.

ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE OFERENTE: MARIELA PASCUAS GOMEZ, inscrita en el I.P.S.A. bajo el 98.607

Motivo: OFERTA REAL DE PAGO.

En el día de hoy, 19 de diciembre de 2013, a las 9:00 de la mañana, se hizo presente en el Tribunal la parte oferida ciudadano MIGUEL ARTURO LIZARAZO ARAQUE, identificado con la cédula Nro.V-10.166.227, asistido por la abogada EVA SHEREZADA GODOY PEÑALOZA, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro.129.457 y por la parte oferente EXPRESOS MERIDA C.A, se hizo presente el Presidente de la Empresa ciudadano FRANCISCO CIRO ROSALES CHACON, identificado con la cédula Nro.V-3.996.019, asistido por el abogado JUAN AGUSTIN RAMIREZ MEDINA, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro.71.471, los cuales expusieron: Solicitamos al Tribunal se adelante la audiencia preliminar, a los fines de hacer uso de los medios alternos de resolución de conflictos, para lo cual renunciamos al lapso de los 10 días establecidos en el auto de admisión para la celebración de la misma. El Tribunal por cuanto el pedimento es conforme a los principios de acceso a la justicia, brevedad, sencillez y concentración que informan el proceso laboral, acuerda de conformidad con lo solicitado y acto seguido apertura la misma: En este estado la parte oferente ofrece a la parte oferida la suma de VEINTICUATRO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES BOLIVARES CON 86/100 (Bs. 24.883,86) pagaderos en este acto mediante cheque Nro.18191 de la cuenta corriente Nro.0108-001531-0100091870 contra el Banco Provincial. Por su lado la parte oferida acepta la propuesta formulada y declara que no tiene nada más que reclamar por los conceptos que son objeto de la presente oferta real de pago. El Tribunal visto el acuerdo realizado LO HOMOLOGA le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Expídase copia certificada de la presente acta. Es todo, terminó, se leyó y firman
La Juez,

Abog. Ana Mercedes Mora Rivas

La Parte Oferente, La Parte Oferida,
El Secretario