REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO LABORAL

JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
CON SEDE EN LOS TEQUES

ACTA DE AUDIENCIA DE APELACION

En el día de hoy, miércoles dieciséis (16) de enero de 2013, siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), oportunidad fijada por el Tribunal para que tenga lugar la audiencia oral y pública de apelación en la causa que sigue el ciudadano JOSE REMEDIO GONCALVES DE SOUSA contra los ciudadanos JUAQUINA BANDES DE NOBREGA, MARIA CRISTINA NOBREGA BANDES, MARIA FÁTIMA NOBREGA BANDES y JOSE YSIDRO NOBREGA BANDES, titulares de la Cédula de Identidad N°.8.816.845, 13.600.307, 13.600.306 y 14.674.347, respectivamente; por concepto COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, en virtud de la apelación interpuesta por la apoderado judicial de la parte demandante, abogada MARITZA DEL CARMEN ROMERO PRIMERA inscrito en el inpreabogado bajo el N° 143.567, contra la sentencia de fecha 28 de noviembre de 2012 dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, la cual cursa en el expediente N°. 1957-12 (nomenclatura de este Juzgado). - Una vez anunciado dicho acto a las puertas del Tribunal con las formalidades de Ley, se deja expresa constancia de la comparecencia de la apoderada judicial de la parte actora apelante, abogada MARITZA ROMERO PRIMERA anteriormente identificada. Así mismo se deja expresa constancia de la comparecencia de la apoderada judicial de la parte demandada, abogada MARÍA MILAGROS CAMACHO OLIVEIRA, inscrita en el inpreabogado bajo el N°.133.198. Seguidamente se da inicio al acto, haciendo acto de presencia el ciudadano ADOLFO HAMDAN GONZALEZ, Juez del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con Sede en Los Teques, quien dejó constancia de la grabación y filmación de la presente audiencia, a los fines de su posterior reproducción audiovisual, que constituye parte integrante del expediente de la causa, como lo dispone el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Seguidamente, el ciudadano Juez, le otorga el derecho de palabra a la apoderada judicial de la parte actora apelante, cuyos alegatos quedó registrado en el material audiovisual. Así mismo se le otorga el derecho de palabra a la representación Judicial de la parte demandada, cuyos alegatos quedó registrado en el material audiovisual. Acto seguido, se le otorga el derecho a réplica al apoderada judicial de parte actora, quien hizo uso del mismo, lo cual quedó registrado en el material audiovisual. Acto seguido, se le otorgó el derecho de contrarréplica al apoderado judicial de la parte demandada, quien no hizo uso del mismo. Vista la exposición de las partes, el ciudadano Juez, anunció se acogería al lapso de 60 minutos conforme al contenido del artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo el ciudadano Juez retorna a la Sala de Audiencia y pasa a dictar sentencia oral correspondiente a la presente causa.- De regreso a la sala de audiencias el ciudadano Juez Superior procedió a dictar sentencia oral realizando previamente un análisis de los motivos de hecho y de derecho sobre los cuales funda su decisión, y declara lo siguiente.:“…Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la apoderado judicial de la parte demandante, abogada MARITZA DEL CARMEN ROMERO PRIMERA inscrito en el inpreabogado bajo el N° 143.567, contra la sentencia de fecha 28 de noviembre de 2012 dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques. SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES que sigue el ciudadano JOSE REMEDIO GONCALVES DE SOUSA contra los ciudadanos JUAQUINA BANDES DE NOBREGA, MARIA CRISTINA NOBREGA BANDES, MARIA FÁTIMA NOBREGA BANDES y JOSE YSIDRO NOBREGA BANDES, titulares de la Cédula de Identidad N°.8.816.845, 13.600.307, 13.600.306 y 14.674.347. TERCERO: SE CONFIRMA la sentencia de fecha 28 de noviembre de 2012 dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques. TERCERO: No hay condenatoria en costas, conforme el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. La publicación del texto íntegro de la presente sentencia con los motivos de hecho y de derecho, se realizará al quinto (5°) día hábil siguiente a la presente fecha, y será a partir de la preclusión del mencionado lapso para la publicación de dicha decisión, comenzará a computarse el lapso para interponer los recursos correspondientes, de conformidad con lo señalado en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Publíquese y Regístrese en los Libros y en la Página Electrónica del presente Juzgado Superior Primero del Trabajo. Dada, dictada, sellada y firmada, en la Sala de Audiencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, a los dieciséis (16) días del mes de enero del año dos mil trece (2013). Años 202° de la Independencia 153° de la Federación. Se declara concluida la presente audiencia, es todo, terminó, se leyó y conformes firman
ADOLFO HAMDAN GONZALEZ
EL JUEZ SUPERIOR
EDINET VIDES ZAPATA
LA SECRETARIA


APODERADA JUDICIAL
DE LA PARTE ACTORA

APODERADA JUDICIAL
DE LA PARTE DEMANDADA





EXP. 1957-12
AHG/EVZ*