JUZGADO DEL MUNICIPIO CRISTÓBAL ROJAS DE
LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

Charallave, 08 de enero del 2013
202° y 153°

Vista la solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS presentada por los ciudadanos ROBERTO BUZON BACALLAO, ARIAN BUZON DOMINICIS y AILEEN BUZON DOMINICIS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-22.348.561, V-22.668.184 y V-22.668.195, respectivamente, asistidos por la Abogada Nancy Díaz de Valencia, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 54.264, así como la justificación de los testigos promovida y evacuada.

Este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos: ROBERTO BUZON BACALLAO, ARIAN BUZON DOMINICIS y AILEEN BUZON DOMINICIS, antes identificados; en su carácter de causahabientes de la ciudadana ALINA SILVIA DOMINICIS GARCIA, quien en vida era de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° V- 22.668.183, quien falleció en fecha 24 de abril de 2011, tal como se desprende de Acta de Defunción Nº 156, inserta al folio 156 del Libro de Defunción correspondiente año 2011, emitida por la Oficina de Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Cristobal Rojas, Charallave Estado Bolivariano de Miranda; todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho.

Devuélvase a los solicitantes en original todas las actuaciones que conforman la presente solicitud. Déjese copia certificada del presente Decreto y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.

JUEZ TEMPORAL

ABG. OLGA MARIA CALA GARCIA

EL SECRETARIO

ABG. FERNANDO OROZCO

OMCG/FO/Lisbeth*
Sol. N° 315-2012