REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO






REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANA DE MIRANDA.
Los Teques, 18 de Enero de dos mil trece (2013).

202º y 153º

Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho conforme con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con la Resolución Nº-2009-0006 emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de Marzo de 2009, y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152 el día 02 de Abril de 2009, declara dichas actuaciones TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE POSESION DE VEHICULO a favor del ciudadano, MIGUEL ANGEL ITRIAGO ACOSTA, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-.11.819.881, sobre el vehículo que posee las siguientes características; Placa del Vehículo: XSJ765; Serial de Carrocería: XTA210600N2729025; Serial de Motor: 2036675; Marca: Lada; Modelo: 21060; Año: 1992, Color: Marrón; Clase: Automóvil; Tipo Sedan; Uso: Particular. Devuélvase todo lo actuado a la parte interesada, las originales y sus resultas, constante de catorce (14) folios útiles. Previa constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal, y copia certificada que de la presente solicitud se ordena agregar a los archivos de este Tribunal. Cúmplase.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,


Dra. TERESA HERRERA ALMEIDA.

LA SECRETARIA,

Abg. LESBIA MONCADA de PICCA



THA/LMdeP/tb
Solicitud N° 2012-5223