REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO
GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Los Teques, 17 de Enero de 2013
202° y 153°

Vista la diligencia de fecha 15 de los corrientes, suscrita por la abogada MARÍA DANIELA MARQUEZ GIRÓN, con el carácter que tiene acreditado en autos, a través de la cual solicita el abocamiento al conocimiento de la causa y a su vez la ejecución voluntaria del Decreto Intimatorio, el Tribunal acuerda lo solicitado, en consecuencia, quien suscribe, DR. JOHN JOSÉ PÉREZ GONZÁLEZ, en virtud de haber sido designado Juez Temporal de este Juzgado, según Sesión de fecha 09 de Noviembre de 2012, por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, se aboca al conocimiento de la presente causa y firme como se encuentra el Decreto Intimatorio de fecha 16 de Abril de 2012, de decreta su ejecución, en tal sentido se fija un lapso de ocho (08) días de Despacho siguientes a la constancia en autos de la notificación que se practique a la parte demandada, para que de conformidad con lo establecido en el artículo 524 del Código de Procedimiento Civil, efectúe el cumplimiento voluntario de las cantidades contenidas en el decreto intimatorio a saber: PRIMERO: La cantidad de DOCE MIL SETECIENTOS TREINTA Y CINCO BOLIVARES CON SETENTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs. 12.375,74), por concepto de incumplimiento de las obligaciones; y SEGUNDO: La cantidad de DOSCIENTOS TRECE BOLIVARES CON VEINTITRES CENTIMOS (Bs. 213,23), por concepto de intereses moratorios; todo lo cual alcanza a la cantidad de DOCE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y OCHO BOLIVARES CON NOVENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs. 12.948,97), a tales efectos, se ordena librar boleta de notificación a la ciudadana UBIALYS NARARIS CALDERA PEÑA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 13.237.096, en su condición parte demandada. Cúmplase y Líbrese Boleta.-
EL JUEZ TEMPORAL


DR. JOHN JOSÉ PÉREZ GONZÁLEZ
LA SECRETARIA


ABG. ANA GONZÁLEZ

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, se libró Boleta de Notificación.-

LA SECRETARIA,


ABG. ANA GONZÁLEZ
EXP. N° 1656/2012
JJPG/ag/mg.-