REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO
GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Los Teques, 29 de Enero de 2013
202° y 153°
Vista la diligencia de esta misma fecha, suscrita por la abogada BELKIS JOSEFINA BARBELLA INFANTE, inscrita en el inpreabogado Nº 24932, en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos OLGA MARIA VIERA Y FRANCISCO GRACIANO CORREIA, mediante la cual solicita se DECRETA LA EJECUCION de la sentencia, se expidan tres (03) juegos de copias certificadas y se libren los respectivos oficios, este Tribunal DECLARA DEFINITIVAMENTE FIRME la sentencia dictada en fecha 15 de Enero de 2013 y ordena su Ejecución; en consecuencia librese los oficios correspondientes. Así mismo se ordena expedir por Secretaría tres (03) juegos de copias certificadas de la sentencia, de la diligencia y del presente auto, para ser remitidas junto con oficio al Registro Civil del Municipio Autónomo José Rafael Revenga El Consejo del Estado Aragua y al Registrador Principal del Estado Aragua de Miranda. Se designa como correo especial a la ciudadana BELKIS JOSEFINA BARBELLA INFANTE, a quién se le concede un lapso de cinco (5) días de Despacho, contados a partir de la constancia en autos de haberlos recibido, para que consigne las constancias de haber entregado los Oficio en las Oficinas de Registros antes referida. En virtud que las copias certificadas se harán mediante el procedimiento de fotostatos, se ordena su elaboración de conformidad con lo establecido en el artículo 112 de Código de Procedimiento Civil,. Cúmplase.-
EL JUEZ TEMPORAL
DR. JOHN JOSE PEREZ GONZALEZ
LA SECRETARIA
ABG. ANA GONZALEZ
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, se libraron Oficios Nº 2013/063 y 2013/064.-
LA SECRETARIA
ABG. ANA GONZALEZ
Exp. N° 1816/2012